En la República Argentina la Pensión Nacional Contributiva por Discapacidad se debe iniciar en en el Ministerio de Desarrollo Social más cercano a su domicilio, pero antes dirigirse a la Municipalidad, sesión de Desarrollo Social, para que lo orienten el lugar donde tramitar el Certificado Médico de Discapacidad. por lo general se hace en los hospitales o Centros Médicos Públicos y deben como mínimo establecer un 76% de imposibilidad laboral.
Para averiguar los pasos a seguir para iniciar una pensión no contributiva dirigirse al área de Acción Social de la Municipalidad, aclaramos que NO se realizan en la Administración Nacional de la seguridad Social, ANSES, con el respectivo DNI del discapacitado y solicitar los requisitos y documentación a presentar para el trámite.
¿Cómo y donde tramitar la pensión no contributiva por discapacidad? se deben seguir los siguientes pasos:
- Iniciar el trámite en el Centro de Atención Local del Ministerio de Desarrollo Social más cercano al domicilio del solicitante, con su DNI. Para localizar el mapa, puede hacer clic aquí.
- Completar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normativas vigentes que regulan este tipo de pensión.
- Un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, confeccionará una encuesta socioeconómica.
- La Comisión Nacional de Pensiones, CNP, solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición respecto de pensión o jubilación en el orden nacional, provincial y/o municipal, como así también los antecedentes sobre bienes muebles e inmuebles, entre otros, del o la solicitante, su cónyuge y/o concubino y en los casos de tratarse de menores de dieciocho (18) de los padres.
- El trámite es personal y gratuito no se aceptan gestores.
Documentación a Presentar:
- DNI del solicitante si se trata de un menor de dieciocho (18) años el DNI de los padres.
- Constancia de CUIL del solicitante y de los padres es menor o apoderado si es incapaz.
- Certificado Médico Oficial, CMO, el que debe ser expedido por un profesional de un Hospital Público.
- Si el certificado médico lo requiere se debe designar un curador.
- Tener en cuenta que podrá ser visitado por asistente social en la vivienda del discapacitado para comprobar la situación declarada antes de obtener la pensión.
Las condiciones necesarias de acuerdo a la Ley Nº 18.910 y Decreto Nº 432/97, para obtener una pensión no contributiva por discapacidad son:
- Tener una incapacidad total y permanente. Se presume Incapacidad Total cuando la Invalidez produzca una disminución del setenta y seis (76%) por ciento o más de la capacidad laboral.
- No tener el peticionante ni su cónyuge ninguna pensión n contributiva ni jubilación y/o pensión.
- No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.
- Ser argentino o naturalizado. Los naturalizados deben contar con una residencia continuada en el país de por lo menos cinco (5) años anteriores al pedido de la pensión.
- Los extranjeros deberán acreditar una residencia mínima y continuada en la República Argentina de veinte (20) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.
- No encontrarse privado de su libertad.
El Certificado Médico Oficial, CMO, deberá reunir las siguientes condiciones:
- Ser expedido por hospital o establecimiento sanitario público nacional, provincial o municipal.
- Contener:
- Tipo y grado de incapacidad.
- Resumen de historia clínica firmada por autoridad competente.
- Sello del establecimiento sanitario (hospital público, servicio o unidad sanitaria).
- Firma y sello del médico que lo extiende.
- Firma y sello del director del hospital, jefe de servicio o responsable de unidad sanitaria.
Cuando el CMO determine que el peticionante necesita poseer un curador, deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de la respectiva curatela donde figuren:
- Datos del juzgado interviniente.
- Caratulación y N° de expediente o sentencia definitiva de insania con designación de curador y aceptación del cargo.
Este trámite es totalmente gratuito y no requiere gestores y no se aceptan presentaciones grupales.
La pensión por discapacidad no caduca, es vitalicia en tanto se mantengan las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.
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Hola quisiera saber si mi hrmano puede cobrar la pension por discapacidad ya q el perdio un ojo hace mas de 20 años
jose
http://www.econoblog.com.ar/16363/requisitos-y-documentacion-para-iniciar-la-pension-por-discapacidad/
Hola, se me presenta el caso de una persona invalida, la cual tiene aportes realizados durante 18 meses como ama de casa, no cuenta ni con aportes suficientes ni con la edad para la jubilación, como procedo para obtener una jubilación o pensión por discapacidad?.Desde ya muchas gracias!
Julieta, leistes le articulo? debería iniciar los tramites en el Ministerio de Desarrollo social
Se me presenta el caso de una persona con discapacidad(invalidez), mayor de edad, con aportes durante 18 meses como ama d casa, es posible tramitar una jubilación o pensión nacional por invalidez, ya que no cuenta con los años de aporte, ni edad, como debo proceder?. Desde ya muchas gracias!
hola inicie los tramites en este mes septiembre 2015 para cobrar por mi hija con discapacidad del 2014, quiero saber si me van a pagar de ese año retroactivo? o es a partir cuando unos inicia el tramite? gracias
ana
PNC solo pagan retroactivo (algunos) desde el momento que ingresa a departamento de liquidación
Buenas tardes: Mi hermana tiene discapacidad motora del 100% y hace años que la mantengo yo con mi trabajo. EL año pasado me despidieron. Ahora empecé a tramitar una pensión por discapacidad, pero no se la dan porque con mucho esfuerzo y privaciones le estoy pagando una medicina prepaga cara para que nada le falte y tenga los mejores tratamientos. Ahora mi madre jubilada de 82 años va a empezar a tramitar la pensión por hijo discapacitado. Pero yo no estoy legalmente divorciada y mi ex marido tiene ingresos altos. Eso puede ser un impedimento? Mi hermana hace 21 años que es discapacitada y es la primera vez que quiero solicitar una ayuda. Mi hermana tiene todos los certificados emitidos por las comisiones pertinentes. Puede ser que le otorguenn una pension por medio de mi madre aunque no viva con ella ni tenga manera de demostrar que ella la mantiene? Todos los pagos los hago yo ( mi madre casi no sale de su casa, solo para cobrar su jubilacion )por vías bancarias personalizadas o pago fácil. como me pueden ayudar? Ya no alcanza para poder seguir manteniendola. Muchas gracias
Laura
tu mama puede tramitar el cobro de la Asignación por hija Discapacitada