El decreto Nº 1345/07 establece nuevos montos y rangos de remuneraciones, para la liquidación de la Asignaciones Familiares, con retroactivo al mes de julio de 2007.
Los trabajadores de empresas incorporadas al sistema único de asignaciones familiares, con anterioridad a agosto/2007 ya percibieron los montos establecidos en el decreto.
Las empresas que fueron incorporadas al SUAF en los meses de agosto, septiembre y octubre, ANSeS deberá liquidar el retroactivo.
Aquellas empresa que continúe en el sistema del fondo compensador o sea incorporada al SUAF a paritr de noviembre de 2007 deberá abonar a sus trabajadores las diferencias que surgieran de las asignaciones familiares junto con la remuneración mensual correspondiente al mes de octubre 2007, sin autorización previa de la ANSeS.
Liquidación de las diferencias de asignaciones familiares.
Empresa Incorporadas a SUAF desde | Retroactivo a Liquidar correspondiente
al período |
Cuando percibirán
este retroactivo |
Agosto 2007 | 07/2007 a cargo deSUAF | con el período 08/2007 que sepondrá al pago a partir
del 18/10/2007 |
Septiembre 2007 | 07/2007 y 08/2007a cargo de
SUAF |
con el período 09/2007 que sepondrá al pago a partir
del 19/11/2007 |
Octubre 2007 | 07/2007 a 09/2007a cargo de
SUAF |
con el período 10/2007 que sepondrá al pago a partir
del 20/12/2007 |
Noviembre 2007 o Empresa no incorporada que continúe en Fondo Compensador |
Retroactivo desde 07 a 09/2007 a cargo del Empleador por Fondo Compensador con la Remuneración Mensual de Octubre 2007 |
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Hola carlos:
Si trabaja el prenatal lo cobra la mujer.
gracias
Hola Fernando:
Para cobrar el prenatal no, solo para que pueda utilizar la obra social.
gracias
Graciela, a quien le corresponde cobrar el prenatal cuando los dos están en relación de dependencia.- Muchas Gracias
ok, gracias y si hago un certificado de convivencia me sirve?
Hola Fernando:
Si no estas casado y tu novia no trabaja no se cobra el prenatal.
gracias