Las personas que cobran Pensión No Contributiva, PNC, graciables o por discapacidad no poseen una obra social pero si cuentan con una cobertura médica que les otorga el Gobierno Nacional. Se trata de una cobertura de salud, que incluye todos los servicios detallados en el Plan Médico Obligatorio, PMO, que quiere decir que deben tener garantizados la “canasta básica” de prestaciones médicas asistenciales, se puede ver el detalle de servicios y medicamentos cubiertos en la página Web de la Superintendencia de Servicios de Salud.
La cobertura médico asistencial de las personas que cobran pensiones no contributivas, graciables o por discapacidad es automático, el trámite consiste en esperar que en el recibo de cobro le aparezca el texto que dice:
“PROFE vigente 45 días”
Generalmente aparece entre los primeros recibos de cobro del 1ro. al 5to. cuando posea este recibo con la frase antes indicada, comunicarse con el Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE) llamando a la línea gratuita 0800-333- 7763, de lunes a viernes entre las 8.00 a 18.00 horas.
Para dicho trámite de afiliación se requiere la siguiente documentación:
- Último recibo de cobro.
- DNI del titular y su grupo familiar, con domicilios actualizados.
- Partida de nacimiento de los hijos.
- Acta de matrimonio, de ser concubinos información sumaria con dos testigos acreditando el tiempo de concubinato realizada ante la policía o Juez de Paz.
- Si posee menores bajo guarda, presentar la guarda otorgada por el juzgado interviniente.
Los requisitos son:
- Ser la persona titular de una pensión no contributiva o graciable y no poseer Obra Social.
- Cónyuge acreditado con certificado de matrimonio, no es v´laida la libreta.
- Matrimonios celebrado en el extranjero deberá presentar la legalización.
- Concubinos que acrediten más de cinco (5) años de convivencia deberá acreditarlo con dos (2) testigos.
- Hijos menores de dieciocho (18) de la persona que recibe la pensión, acreditado con la partida de nacimiento.
- Los hijos recién nacido de quién recibe la pensión graciable tienen derecho a recibir la cobertura que tienen los padres hasta el día que cumplan el primer añito. Luego se deben afiliar al Programa Federal de Salud ex PROFE.
- Hijos discapacitados de cualquier edad de una persona que cobra la pensión graciable, acreditarlo mediante la partida de nacimiento y un certificado médico expedido por Instituto Nacional Provincial o Municipal en el que conste que padece incapacidad total o parcial permanente mayor al 76 %.
- Menores bajo guarda o tutela de la persona que cobra la pensión graciable, acreditarlo con la partida de nacimiento y documentación probatoria del vínculo:
- Testimonio judicial de tutela.
- Certificado de guarda o acta tenencia extendida por el Servicio Nacional del Menor en Capital Federal.
- Documentación similar emitida por autoridad competente en las jurisdicciones provinciales.
- Deberá cumplimentar la solicitud de afiliación al Programa Federal de Salud y adjuntar:
- Documento de identidad: LC, LE, o DNI para los argentinos, nativos o naturalizados.
- DNI para los extranjeros, con domicilio actualizado o certificado de domicilio.
- Última comunicación de otorgamiento de la pensión u Orden de Pago Previsional del titular. En caso de presentar la Orden de Pago Previsional será necesario que este recibo de cobro corresponda al mes de la solicitud.
Si desea realizar alguna consulta extra podrá llamar a:
- Línea gratuita del Ministerio de Salud 0800-333-7763, interno 1. Recibe consultas de 8.00 a 18.00 horas.
- Teléfono:
- Dirección Nacional: 4342-4810.
- Afiliaciones: 4331-0809.
- Discapacidad: 4331-0184.
- Atención al beneficiario: 4331-0208.
Para trámites de altas y bajas:
- Línea gratuita 0 800-222-6274 (de 10.00 a 14.00 horas).
- Centros de Atención Personalizada, CAP, de todo el país, lugar donde gestionó el trámite de la Pensión no contributiva.
- Sede central en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Sarmiento 1438, Planta Baja, “D”, horario de atención: de 9.00 a 17.00 horas.
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hola soy de xxx el 16/02/2019 fallecio mi hermano de 23 años que padecia una enfermedad llamada neurofibromatosis ..el tenia una pension no contributiva que cobraba mensualmente y en la misma descontaba poara la obra social del profe …hicimos los tramites en el municipio en asistencia scial para cobrar el gasto del sepelio ya que le pagabamos ami hermano un servicio mes a mes para que en el momento del deseso no sea tan brusco el gasto a afrontar por el servicio….la cocheria a la cual pagamos el servicio mensual y atendio a mi hermano en esto nos presenta una nota aclarandom el servicio realizado con el gasto del mismo ( ahora dicen que debe ser una factura de la cocheria, pero esta no la puede emitir, ya que el servicio es por contrato y no en efectivo en el momento) yo pregunto cta burocracia hay que pasr para que a mi hermano solo le paguen lo que corresponde?? es vergonzoso que nos tengan a las vueltas asi!!! por favor quiero hablar con alguien que se responsabilice y que me diga porque? porque despues de tanto sufriniento en la vida de mi hermano sigan negando sus derechos?? mi tel es por favor alguien que me de una respuesta.
Hola!!! Si no es una obra social… pueden buscar d q el pami le d algún tipo d cobertura con un médico d cabecera o cambiarse a tal???
Hola que tal mi mamá tiene profe ella es paciente oncologica en el hospital que se atiende no quieren internarla ella ya no puede moverse. Queria saber donde tendria que dirigirme o como hacer para poder internarla. Espero su respuesta gracias.
mi hija tiene profe antes le cubria el colegio y la combi ahora la combi no x que
Mi marido cobra pnc tiene la obra social PROFE yo quiero saber si a mis hijos le corresponde también la obra social y a mi que ya llevo 15 años viviendo con el.
Marina PROFE no es Obra Social es un Programa de Salud y se atienden en hospitales publicos, es solo para el beneficiario no para sus familiares