Si bien quedo sin efecto la idea de Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos públicos, AFIP, de que para el Impuesto sobre los Bienes Personales se tenga en cuenta la valuación real de los inmuebles, cuando Axel Kicillof, Ministro de Economía, aseguró que la Presidenta no tenía en carpeta ninguna medida de esta índole, cada vez más trabajadores deben pagar este tributo ya que los topes se encuentran desactualizados.
Los trabajadores en relación de dependencia que durante el año pasado ganaron desde $7.385.- mensuales o $96.000.- anuales tendrán que declarar el detalle de su patrimonio ante la AFIP. Y quienes superaron en su remuneración bruta los $11.075 al mes ó $144.000.- anuales, deberán cumplir con la presentación de una liquidación simplificada del tributo que alcanza a las utilidades.
La norma actual indica que los trabajadores en relación de dependencia que cobren solamente por su sueldo bruto $11.075.- por mes o $144.000.- anuales, están obligados a presentar la Declaración Jurada Simplificada de Ganancias.
La obligación es de presentarla ya que no les corresponde el pago porque los empleadores le retienen mes a mes por el impuesto.
Mientras que sobre los Bienes Personales en donde varios contribuyentes cada vez más, se verán obligados a pagar ya que la norma no actualiza los topes remunerativos desde el año 2010 y eso hace que cada vez más empleados estén obligados a declarar Bienes de su patrimonio y varios deberán comenzar a pagar.
La actual normativa de la AFIP indica que aquellos que ganan a partir de $7.385 brutos al mes ($96.000 anuales) estarán obligados a presentar la declaración del impuesto. al no actualizarse el monto desde el 2010 cuando los sueldos en ese mismo lapso se incrementaron en un 265%.
A la vez, que el valor por el cual se debe a comenzar a pagar Bienes Personales desde el año 2007 permanece en $305.000.-, hace que un asalariado pueda llegar a superarlo fácilmente.
La AFIP a través de la Resolución General Nº 2.437/2008 establece que:
- Trabajadores que en su conjunto hubiesen percibido durante el año calendario 2013, ganancias brutas anuales iguales o superiores a $96.000 tienen que declarar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del Impuesto sobre los Bienes Personales.
- Trabajadores que durante el año 2013 hubieran obtenido ganancias brutas totales por un importe igual o superior a $144.000, corresponde informar:
- Detalle de los bienes al 31 de diciembre de 2013, valuados conforme a las normas de Bienes Personales.
- Declarar el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, según la Ley de Ganancias.
Para confeccionar y presentar las Declaraciones Juradas deberán utilizar del programa aplicativo unificado denominado «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – versión 14.1.
Además, los trabajadores que superen los $144.000.- podrán optar por utilizar el servicio «Régimen Simplificado – Ganancias Personas Físicas».
Estas DDJJ tendrán carácter informativo salvo los casos en que el saldo resulte a pagar o a favor del contribuyente y siempre y cuando el contribuyente no se encuentre inscripto en el impuesto tienen tiempo de presentarla hasta el 30 de junio de 2014.
Los contribuyentes con la presentación del Impuesto a las Ganancias gravan ingresos, gastos y deducciones del año 2013, mientras que con el Impuesto sobre los bienes Personales informan el patrimonio al 31 de diciembre de 2013.
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