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AFIP Aclaró que Compras por Internet quedan exceptuadas del Cepo

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante un comunicado publicado en su página Web aclaró cuáles son los bienes que no están alcanzados por la flamante restricción que limita la compra de bienes a través de páginas de Internet del exterior, que limita a sólo dos envíos anuales. Quedan exceptuados del cepo los productos y mercaderías de primera necesidad para el destinario como  así también libros, remedios con receta médica y obras de arte. La AFIP a través de la Dirección General de Aduanas, dio a conocer el listado de mercaderías exceptuadas del Régimen de Envíos Postales en las compras a proveedores del exterior que arriban al país mediante el correo oficial, para conocer cuales son hacer clic aquí. […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante un comunicado publicado en su página Web aclaró cuáles son los bienes que no están alcanzados por la flamante restricción que limita la compra de bienes a través de páginas de Internet del exterior, que limita a sólo dos envíos anuales. Quedan exceptuados del cepo los productos y mercaderías de primera necesidad para el destinario como  así también libros, remedios con receta médica y obras de arte.

La AFIP a través de la Dirección General de Aduanas, dio a conocer el listado de mercaderías exceptuadas del Régimen de Envíos Postales en las compras a proveedores del exterior que arriban al país mediante el correo oficial, para conocer cuales son hacer clic aquí.

Recordamos que a partir de esta semana las personas que realizan compras al exterior del país mediante el correo oficial o a través de Prestadores de Servicios Postales deben completar el formulario 4.550/T y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada.

Las personas adquirentes podrán utilizar el procedimiento antes descripto en sólo dos oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de u$s 25. Superado ese monto, el comprador deberá abonar un arancel aduanero equivalente al 50% del valor del bien importado.

Según aclaró ahora la AFIP, quedan exceptuados de este nuevo cepo los libros, remedios con receta médica, obras de arte y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero.

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