Los empleadores de Trabajadores del Servicio Doméstico deben inscribirlos en la página de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, en el registro “Simplificación Registral – Registro Especiales de la Seguridad Social”, pudiendo hacerlo a través de Internet o por teléfono. Esto se da ya que se modificó el anterior Decreto que regula a las actividades de mucamas, niñeras, cocineras, jardineros, caseros, amas de llaves, damas de compañía, mayordomos, institutrices, nurses o gobernantas.
Desde el momento en que se promulgó la Ley para regular a los trabajadores de casas particulares la AFIP habilitó un registro para que se inscriban los empleadores y luego a sus empleados, denominado “Simplificación Registral – Registro Especiales de la Seguridad Social”.
Las distintas maneras de inscribir al Personal del Servicio Doméstico son los siguientes:
Registración a través de la página de AFIP – www.afip.gob.ar
- Ingresar a la página de la AFIP, www.afip.gob.ar, al servicio denominado “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, debiendo contar con la “Clave Fiscal”, de no poseerla, también se puede utilizando Link o Banelco, y declara la fecha de inscripción y el o los lugares donde los trabajadores realizan las tareas.
- Declarar los datos del o de los trabajadores del servicio doméstico.
- Luego se procederá a registrar las relaciones laborales vigentes.
- Por último, podrá imprimir los comprobantes que emite el sistema. Uno debe quedar en poder del empleador y el otro en poder del trabajador con las respectivas firmas,empleador y trabajador.
Registración a través de Home Banking
- Ingresar a la página del banco habilitado con clave Home Banking, y desde allí; Seleccionar “Servicios AFIP”. El sistema abrirá una nueva pantalla y le mostrará los servicios que tiene habilitado en AFIP. Deberá elegir la opción “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social” donde podrá declarar la fecha de inscripción y el o los lugares donde los trabajadores realizan las tareas.
- Declarar los datos del o de los trabajadores del servicio doméstico.
- Luego se procederá a registrar las relaciones laborales vigentes.
- Por último, podrá imprimir los comprobantes que emite el sistema. Uno debe quedar en poder del empleador y el otro en poder del trabajador con las respectivas firmas,empleador y trabajador.
Registración Telefónica
Se debe comunicar a la línea gratuita al Nº 0800-222-2526 a la opción 2, de esta manera un operador del Centro de Información Telefónica realice el trámite, previo pedido de que le pida la autenticación de su persona.
- Comunicarse al Nº 0800 – 222 – 2526 Opción 2. El operador, le solicitará una serie de datos y realizará un proceso de identificación personal. Deberá tener a mano su Documento Nacional de Identidad, DNI, y los últimos 2 (dos) pagos realizados con el formulario F. 102/B.
- Cumplido el paso anterior, se procederá a registrar la relación laboral, para lo cual deberá contar con la siguiente información:
- Lugar del Trabajo: Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y Localidad.
- Datos del Trabajador: Nº de CUIL, Nombre y Apellido, Obra Social, Fecha de Nacimiento CBU en caso de poseer, y un teléfono o correo electrónico de contacto (opcional).
- Domicilio del trabajador: Provincia, Código Postal, Calle, Número, Piso, Departamento y Localidad.
- Relación Laboral: Puesto desempeñado: – horas semanales que trabaja, retribución pactada, y modalidad de liquidación.
3. Finalmente, el operador confirmará los datos en el registro y le indicará al Empleador como proceder para obtener la “Constancia del Trabajador”. Una Constancia deberá quedar en poder del empleador y otra en poder del trabajador con las respectivas firmas.
- Comprobante del Registro del Trabajador de Casas Particulares: El empleador podrá imprimir o reimprimir el comprobante del registro tramitado telefónicamente o a través de la web, ingresando al sistema de Empleados de Casas Particulares.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.