Familia mirando EconoBlog en una tablet

¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%. Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% […]

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.

Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.

Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.

Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.

Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013
Categorías Personal con Retiro Personal sin Retiro
Mensual Por Hora Mensual Por Hora
1) Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:

Por  dos o más personas a su cargo

$ 3.950.- $ 31.- $ 4.400.- $ 34.-
2) Personal para Tareas Especificas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo

$ 3.670.- $ 29.- $ 4.085.- $ 32.-
3) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 3.580.- $ 28.-
4) Asistencia y Cuidados de Personas:

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

$ 3.990.- $ 31.- $ 3.580.- $ 28.-
5) Personal para Tareas Generales:

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

$ 3.220.- $ 25.- $ 3.580.- $ 28.-
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad
www.econoblog.com.ar

369 comentarios en “¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?”

  1. Hola mi consulta es la siguiente. Yo tengo una empleada por horas que suma 15 horas semanales en dos días por semana. Le pago las vacaciones y los dos medio aguinaldos pero tengo dudas con el pago de feriados y enfermedad.
    Mi arreglo de entrada fue de darle flexibilidad a la relación de manera que si por algún motivo no puede venir (enfermedad) lo puede venir a trabajar otro dia. Lo mismo con los días que caen en feriados, no le pido que venga en dichos días y le permito venir cualquier otro dia para que no pierda las horas.
    Es correcto mi proceder? saludos

    1. Alejandro

      La ley actual dice que tenes que pagarle los feriados si caen justo el día que ella tiene que venir pero no sos el único empleador que opta por hacer como lo haces vos, mientras que ella este de acuerdo y no cuestione no vas a tener problemas

  2. Mi consulta es, : si yo prefiero tomarme el día y no trabajar los feriados, lo puedo decidir yo? o siempre estoy sujeta a lo que me digan?

    1. Eliana

      Los feriados no se trabajan y la decisión de trabajar horas extras es del trabajador

  3. Hola Graciela. Mi empleada trabaja 3 días a la semana en casa y cobra x hora. Los otros dos días en otro domicilio. Por lo general los feriados tocan los días que tiene conmigo, y me hago cargo. Ahora, cdo cae en otro día que no me corresponde y se establece un puente que si me afecta. Corresponde dárselo también??
    Además,¿cuantos días corresponde de vacaciones según los años trabajados?
    gracias!

    1. Andrea

      No decis la antiguedad para decirte los dias de vacaciones No entiendo lo del puente vos le pagas cuando lo corresponde venir a tu casa si el feriado cae un dia que no viene no

  4. Consulta:

    una persona que trabaja por hora, pero unos dias no necesito que venga a trabajar por que no voy a estar. Le tengo que pagar igual? si es asi, donde esta estipulado?
    gracias.

  5. hola .. yo quiero saber puntualmente si los feriados que no lo trabajamos deben abonarse.. o nos tienen que descontar, si un dia que no vamos x enfermedad tamb lo tienen que descontar.. yo estoy en blanco hace diez años y trabajo 16 hs semanales..

    1. gabriela

      feriados si te corresponde trabajar ese día lo deberian pagar,pero en la practica arreglan entre ambos y van otro día a compensar las horas. Enfermedad si te lo deberían pagar

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil