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¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%. Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% […]

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.

Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.

Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.

Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.

Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013
Categorías Personal con Retiro Personal sin Retiro
Mensual Por Hora Mensual Por Hora
1) Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:

Por  dos o más personas a su cargo

$ 3.950.- $ 31.- $ 4.400.- $ 34.-
2) Personal para Tareas Especificas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo

$ 3.670.- $ 29.- $ 4.085.- $ 32.-
3) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 3.580.- $ 28.-
4) Asistencia y Cuidados de Personas:

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

$ 3.990.- $ 31.- $ 3.580.- $ 28.-
5) Personal para Tareas Generales:

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

$ 3.220.- $ 25.- $ 3.580.- $ 28.-
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad
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369 comentarios en “¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?”

  1. Hola Graciela, ante todo muchas gracias por la ayuda que das a todos. El blog es muy útil e interesante.

    Tenemos en casa un empleada dedicada al cuidado de chicos, y acordamos pagarle por hora en blanco. A fin de mes liquidamos la cantidad de horas trabajadas y le pagamos. La gran duda que tenemos son los feriados, o días que por cualquier motivo nosotros (el empleador) le decimos que no venga. Por ejemplo si en vacaciones nos ausentamos de casa durante dos semanas, por supuesto no vendrá.
    En esos casos, ¿cómo habría que liquidar a fin de mes?

    Muchas gracias de antemano.

    1. Martín Feriados hay que pagarle como trabajados y ella dispondrá de sus vacaciones que podes otorgarselas cuando te ausentes de tu domicilio. Ahora bien si te ausentas seguido y fuera de sus vacaciones conviene, legalmente pagarle, pero podrías arreglar con ella darle algo ya que si no le pagas ella podría reclamarte y además por ejemplo buscar otro trabajo para no quedarse sin dinero

  2. Graciela

    Mi empleada trabaja 10hs semanales 2 veces por semana pago diario esta en blanco ,como debo actuar con los feriados de diciembre 8 /25/ ya que en la parte superior es contradictoria te copia el final , la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.

    1. Alberto sucede que realmente la ley no especifica nada sobre el pago de los días feriados pero existen casos que se llevaron al Ministerio y dicen que son pagos, por lo que yo aconsejo arreglar con la trabajadora y tratar de compensar el día con otro, para que no pierda el dinero. Pero si la trabajadora denuncia y van al ministerio depende de quién lleve adelante la negociación me entendes?

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