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¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%. Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% […]

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.

Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.

Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.

Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.

Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013
Categorías Personal con Retiro Personal sin Retiro
Mensual Por Hora Mensual Por Hora
1) Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:

Por  dos o más personas a su cargo

$ 3.950.- $ 31.- $ 4.400.- $ 34.-
2) Personal para Tareas Especificas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo

$ 3.670.- $ 29.- $ 4.085.- $ 32.-
3) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 3.580.- $ 28.-
4) Asistencia y Cuidados de Personas:

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

$ 3.990.- $ 31.- $ 3.580.- $ 28.-
5) Personal para Tareas Generales:

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

$ 3.220.- $ 25.- $ 3.580.- $ 28.-
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad
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369 comentarios en “¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?”

  1. Graciela,
    mi mamá tiene una empleada que trabaja sin retiro de lunes 10 hs a sábados 10 hs. Quisiera saber cómo hay que acordar los horarios de días feriados y asuetos. Ella dice que corren a partir de las 0 hs. (por ejemplo este jueves Santo), pero eso implica que se retire la noche anterior… es así? Hay alguna diferencia entre un feriado como 1 de mayo o 25 de diciembre y un asueto en el que mucha gente trabaja? Muchas gracias por la ayuda de antemano. Myriam

    1. mik Jueves 24 no fue asueto fue FERIADO NACIONAL Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Y corre a partir de la 0 horas o la noche cuando termina su trabajo

  2. Hola Graciela mi empleada trabaja hace 6 años…es mut buena en tareas pero muy incumplidora …cobra semanalmente por hora trabajada … debe trabajar 18 horas semanales que «nunca cumplio» solo viene 3 dias y solo 5 horas maximo, aveces menos! segun sus problemas de flia y personales…yo estoy bastante cansada de intentar arreglar con ella…se le paga todo esta en blanco…por 5 años eran martes jueves y sabados , con miles de faltas…desde hace un año viene lunes mierc y viernes 5 hs nunca por dia maximo 15 semanal… falta con frecuencia..ella eligio cambiar dias y aveces viene martes jueves y viernes, segun desee…nunca mas sabado…ahora reclama «pago de feriados sin venir.» .y que son de lunes o viernes…Siguimos mi flia y yo sin saber si le corresponde…parece que nosotros solo tenemos obligaciones y ella nunca respeta dia ni horas acordadas.. Debemos pagarlos o donde averiguo bien …esta al dia con todo…

    1. Liliana si el primer arreglo fue martes, jueves y sábado porque aceptaron el cambio? ya que los feriados caen lunes por lo general y si es cierto que deben se pagos. por lo que fijate si podes volver a cambiar días y que respete horarios Sino te sirve vayan al Ministerio de Trabajo y lleguen a un acuerdo

  3. Buenos dias Graciela: tengo una persona q realiza tareas en mi casa,anotada en blanco,viene 3 veces por semana 19 hs semanales,cuanto deberia pagarle mensualmente??
    Saludos

  4. Buenos días, Querría saber cómo hay que hacer el cálculo para pagar un feriado , o sea un día doble. Tengo una empleada inscripta con sueldo mensual . Muchas gracias

    1. Alejandra si trabaja el feriado el calculo se hace sueldo dividido 25 por dos y los restantes 29 dias se pagan sueldo dividido 30 por 29

  5. Buenos días, Querría saber cómo hay que hacer el cálculo para pagar un feriado , o sea un día doble. Muchas gracias

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