Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones, descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.
Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.
Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.
Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.
Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013 | |||||
Categorías | Personal con Retiro | Personal sin Retiro | |||
Mensual | Por Hora | Mensual | Por Hora | ||
1) | Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:
Por dos o más personas a su cargo |
$ 3.950.- | $ 31.- | $ 4.400.- | $ 34.- |
2) | Personal para Tareas Especificas:
Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo |
$ 3.670.- | $ 29.- | $ 4.085.- | $ 32.- |
3) | Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | $ 3.580.- | $ 28.- | ||
4) | Asistencia y Cuidados de Personas:
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. |
$ 3.990.- | $ 31.- | $ 3.580.- | $ 28.- |
5) | Personal para Tareas Generales:
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. |
$ 3.220.- | $ 25.- | $ 3.580.- | $ 28.- |
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad | |||||
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la ley no dice que haya que abonar los días que no concurra a trabajar por horas, asi si hay una huelga de transporte, o cae feriado no tendría que pagarse
hola tengo una empleada domestica categoria 5. solo para limpieza. trabaja 11 hs. semanales. no todos los dias la misma cantidad de hs, de lunes a viernes. cobrapor hora y por dia y mas de lo que corresponde la hora, no trabaja sabados ni domingos. corresponde que le pague los feriados si no son trabajados. ya que la ley 26844 dice con respecto si los trabaja. no dice nada si no son trabajados.
Nelly Los feriados son pagos y si los trabaja se cobran doble
y por que la interpretacion dice que no se pagan
Nelly Que interpretación??
Hola, tengo una empleada doméstica que trabaja sólo un día a la semana (5 hs) y justo cae feriado ese día. Cómo lo considero, qué le tengo que pagar (doble ese día o proporcional o no tengo que pagar)? Gracias.
Maria si lo trabaja lo cobra doble
Hola tengo una empleada doméstica que trabaja 3 veces x semana. Si le pago x hora. Le corresponde el pago de feriados que caen justo el día que le corresponde si no lo trabaja, vacaciones aguinaldo? Gracias
Elizabeth Si le corresponde
hola tengo una empleada domestica que trabaja nada mas que los fines de semana y feriados. ella quiere que le pague elferiado que cae sabado o domingo el doble delo que gana por ser fin de semana como es
YO LE PAGO EL SABADO Y EL DOMINGO 1250 POR DIA . ELLA QUIERE QUE EL DOS DE ABRIL SE LO PAGUE 1250 MAS 1250 O SEA 2500
Maria no es así esta equivocada ella ya cobra como feriado, sábado a la tarde o domingo, no se paga doble, peor no decis las horas que trabaja, para saber si le paga el minimo o mas
Comentario:hola una pregunta,trabajo por hora 3 veces por semanas en total 9 hs semanales estoy en blanco,mi empleador me dijo que no me corresponde que me pague los feriados por que estoy por horas y sí faltó por enfermedad tampoco ,esto es así,me corresponde o no?gracias
Margo Tu empleador está equivocado, debe pagarte