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¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%. Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% […]

Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los  trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones,  descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.

Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.

Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.

Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.

Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013
Categorías Personal con Retiro Personal sin Retiro
Mensual Por Hora Mensual Por Hora
1) Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:

Por  dos o más personas a su cargo

$ 3.950.- $ 31.- $ 4.400.- $ 34.-
2) Personal para Tareas Especificas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo

$ 3.670.- $ 29.- $ 4.085.- $ 32.-
3) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. $ 3.580.- $ 28.-
4) Asistencia y Cuidados de Personas:

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

$ 3.990.- $ 31.- $ 3.580.- $ 28.-
5) Personal para Tareas Generales:

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

$ 3.220.- $ 25.- $ 3.580.- $ 28.-
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad
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369 comentarios en “¿Cómo se pagan los Feriados al Servicio Doméstico?”

  1. Quisiera saber como se debe proceder con las llamadas » franqueras». ( las que solo trabajan los fines de semana). Por ejemplo: si un fin de semana no vienes porque quieren descansar, debo pagarselos? Sino trabajan no cobran? tiene derecho a SAC?

    1. Mora si no trabajan no cobran y si les corresponde SAC, si trabajan todo el semestre calculas mejor sueldo pagado /2 si no es todo semestre proporcional

  2. Mi empleada trabaja 6 horas por dia de lunes a viernes en tareas generales.(5 categoria)
    – cuánto le debo pagar?
    – le puedo pedir que trabaje un feriado? en tal caso cuanto corresponde abonarle.
    Muchas gracias

    1. Anabella Sueldo mínimo $8837 / 176 por la cantidad de horas que trabajes en el mes, las horas de los días feriados no trabajados se suman para el calculo Si trabaja un feriado se paga doble

  3. Hola. Tengo una empleada doméstica que viene una vez a la semana, por 3 horas, normalmente los viernes. Qué pasa si justo ese viernes cae feriado? Si le pido que venga, le debo pagar el doble? Y si no viene, le debo abonar igual por las 3 horas semanales? Aclaro que por disponibilidad de ambos, no podemos coordinar otro día. Gracias.

  4. Hola. Soy cuidadora de adultos mayores. Entro los jueves a las 18hs y salgo los domingo a las 18hs. De cuanto tendria q ser mi sueldo?? Los feriados me corresponde el doble??

    1. Romina La legislación nada dice del trabajo los fines de semana, solo que deben pagarte a razón de $76.50.- la hora y que los sábados después de las 13.00 horas, domingos y feriados se pagan doble, por lo que deberías hacer las cuentas y ver algo razonable para que te paguen

  5. hola, mi mucama trabaja de lunes a viernes , vobra por hora y por dìa. trabaja 11 hs. semanales. pero no todos los dìas las mismas horas un dìa dos hs. dos dìas cuatro hs, y dos dìas media hora. corresponde que le pague los feriados del 17 de junio que es sabado y del 9 de julio que es domingo. porque ella esos dìas no los trabaja y no cobra por mes y ademàs cuantas hs. le pagarìa si no trabaja las mismas hs, todos los dias. los que caen en dìa laborable se los pago.

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