Desde abril del año pasado cunado se publicó la nueva Ley Nº 26.844 que reemplazo el antiguo Decreto Nº 326, que se utilizaba desde el año 1.856, se equipararon los derechos de los trabajadores de casa particulares al resto del los Convenios Colectivos de Trabajo. Entre los que se encuentran las vacaciones, descansos y los días feriados, que muchas veces no se sabe como se debe proceder. En el supuesto caso que se trabaje, en ese punto la norma es clara se debe abonar al 100%.
Los días feriados al Servicio Doméstico o trabajadores de casas particulares si son trabajados, se deben pagar a todos, e inclusive a las que trabajan por hora algunos días de la semana, al 100% de lo que habitualmente cobran, igual que los días sábados después de las 13.00 oras y los domingos.
Pero, la Ley no dice nada en relación a las trabajadoras que realizan tareas por horas o por día, por lo que de acuerdo a la interpretación, si ese día no trabajan no son pagados.
Recordamos los salarios y unificadas que rigen para todo el país con excepción dela provincia de Córdoba, desde el 1º de Septiembre de 2013.
Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013 | |||||
Categorías | Personal con Retiro | Personal sin Retiro | |||
Mensual | Por Hora | Mensual | Por Hora | ||
1) | Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:
Por dos o más personas a su cargo |
$ 3.950.- | $ 31.- | $ 4.400.- | $ 34.- |
2) | Personal para Tareas Especificas:
Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo |
$ 3.670.- | $ 29.- | $ 4.085.- | $ 32.- |
3) | Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | $ 3.580.- | $ 28.- | ||
4) | Asistencia y Cuidados de Personas:
Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. |
$ 3.990.- | $ 31.- | $ 3.580.- | $ 28.- |
5) | Personal para Tareas Generales:
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. |
$ 3.220.- | $ 25.- | $ 3.580.- | $ 28.- |
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad | |||||
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holabuenas tardes queria consultarles, estoy trabajando en casasdelamismaamilia osea 2 dias en casa de la madre 2 dias en una de las hijas y 1 dia en casa dela otra hija.me van a poner en blanco comoq trabajo en casa de una sola familia para mas comodidad, es decir q me van a poner como q tabajo 5 dias de 4hs en una de las casas.mi pregunta es si los feridos corresponden q melos paguen y cto me tendrian q pagar la hs? yo les estoy cobrando 33pesos esta bien? agradeceria su respuesta muchas gracias
debora
aunque te blanqueen te van a seguir las mismas condiciones actuales. el valor horario depende de la actividad que desarrollas
http://www.econoblog.com.ar/27016/sueldo-del-servicio-domestico-2015/
$33.- es el minimo
gracias graciela por contestar tan rapido….pero sigo con una duda me tienen q pagar los feriados o no?
debora
si te los tienen que pagar
La sra empleada viene un dia 4h en la semana. Debo pagar el día si es feriado? Lo compensa otro día? Gracias
silvana
arregla con ella y que cambie el dia
Hola yo trabajo por hora 4dias ala cemana 5horas me corresponde ke me pagen los feriados estoy en blanco
veronica
Si te tienen que pagar
Hola si mi consulta es que trabaje lunes y martes feriado y me pagaron 200ps x feriado qeria saber si esta bien lo q me pagaron.. Mi sueldo es 5000ps mnsual de lunes a viernes de 11a6 xfavor si me pueden conteatar.. Gracias..!!
Quisiera saber si los feriados puentes le corresponden a las empleadas domesticas.o se los puede dar compensatorio otro dia. Podrian publicar la lista de los feriados que le corresponden . Para cumplir adecuadamente con la ley.