Según la Ley 25.561 de Emergencia Económica en enero de 2002 existe la prohibición legal de indexar, la mayoría de los contratos de alquiler pactados luego comenzaron a incluir cláusulas con valores escalonados o progresivos (por semestre o año) que consideran en cierta medida a la inflación, pero pautados de antemano.
El acuerdo entre inquilinos y propietarios consiste en valores globales con el importe de cuotas mensuales que van de menor a mayor en cuanto a monto.
Como no puede haber un índice de ajuste no se puede considerar una variación igual en todos los casos, pero mirando los contratos elaborados para el año 2008 puede estimarse.
En los alquileres vigentes, el escalonamiento se produce al año de cumplirse el inicio del alquiler, en los alquileres pactados en los meses de noviembre ó en junio de este año, el aumento se reflejara en iguales meses del 2008.
Lo que se está pactando es un escalonamiento promedio que va de 10 a 15% anual para residenciales y entre 20 y 30% anual en el caso de los comerciales. Si estos últimos están en dólares es posible que se escalonen entre 8 y 10% anual, explicó Enrique Abatti, presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina (CAPRA).
El presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), Carlos Sotelo, dijo «nuestra opinión es que los alquileres escalonados, en tanto y en cuanto en el contrato de locación figure la totalidad del importe, no son indexados. O sea, que primero se establece el monto total del alquiler y después se establece lo que se paga el primer año o semestre y los restantes». y luego agrego «Para vivienda se está
pactando una variación de entre 10 y 15% con respecto al segundo año y para quienes pautan escalonar cada 6 meses, de 5 a 7%. Lógicamente, puede haber diferencias según el caso».
El señor Radames Marini, titular de la Unión Argentina de Inquilinos (UAI) señaló que el escalonamiento para vivienda llega a «20 y 30% para los ya vigentes, pero ya incluyen el incremento de cuando renovaron o realizaron el contrato. Al comercial ‘lo matan’ es superior el incremento escalonado anual que se está aplicando».
Locaciones ya vencidas y nuevas
Los contratos que están por vencer sufrirán distintos ajustes, que no pueden promediarse. Esto dependerá de las diferencias entre el alquiler pautado y el precio promedio del mercado al momento de la renegociación.
Ival Rocca, vicepresidente del Centro Argentino de Derecho Inmobiliario y Propiedad Horizontal (CADIPH) opinó «Cuando vence el contrato, se busca un precio de mercado, tanto para vivienda como para comercios. Y depende de cada caso. Hay que ver si estaba actualizado o no. El escalonamiento en esta situación es lo menos problemático»
Carlos Sotelo «Ahora están venciendo contratos celebrados a fines de 2005. En aquel entonces, no todos incluían escalonamientos. Muchos alquilaban por montos fijos dos años. En ese período hubo un defasaje con los valores reales que produce un ajuste mayor».
En el caso de los nuevos alquileres, estos incluirán escalonamientos anuales, que también están incluyendo variaciones positivas de 10 a 15% anual para vivienda y de 20 a 30% para comercios, según los inmobiliarios consultados.
Radames Marini aseguró que las renovaciones se están produciendo con incrementos de hasta 100%.» El INDEC informa un aumento acumulado en el año de 17%, es decir, dos veces la inflación», dijo.
Lo que se viene, aseguran los especialistas, más allá del contrato escalonado que aparece en alguna medida como solución es la pelea por un mecanismo de ajuste que elimine las dificultades que se tienen hoy en el mercado, derivadas de la prohibición legal de indexar.
Infobae 20/11/2007
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Hola Perla:
Como esta prohibido la actualización, los contratos se escriben los importes escalonados, en el momento de firmar, anteriormente se ponia que se indexaban de acuerdo al INDEC, por ejemplo, ahora eso esta prohibido, por eso se detalle el cobro total del alquiler, no se si fui clara.
gracias
solo queria saber antes de firmar un contrato si es lògico y legar un escalonamiento cada seis meses y de un porcentaje del 20% por un dpto de 55 mts cuadrados y patio de 20. gracias
http://www.adecua.org.ar
La oficina central está en:
Callao 225 1º piso (1022) Ciudad de Buenos Aires. Teléfonos: (011) 4374-5420 / 0420
Hola Natalia:
La actualización esta prohibida por ley Nº 25.561, por eso se estipula en los contratos el precio total del alquiler pactandose hasta finalizar el mismo. En caso de aumentos o modificaciones se llega a un acuerdo locatario y locador.
Te podes quejay a Defensa al Consumidor.
gracias
Llegue a esta pagina cuando me meti a internet para ver si es licito la actualizacion de los alquileres antes del 1º año de locacion.
Realice un contrato como locataria en septiembre del 2007 en donde se pacto una actualizacion recien cuando finaliza el 1º año de contrato, hoy se acerco el locador a notificarme q a partir del proximo mes quiere que le paguemos ademas del valor pactado de 800$ la suma de 100$ adicionales argumentando que le subieron los costos (la parte locadora se hace cargo de las expensas que solo subieron como mucho 5$). Me gustaria q me asesoren para saber si esto es licito, y como puedo actuar en este caso. Espero su respuesta…desde ya muchas gracias