Las personas jurídicas cuyo CUIT termine en 4 ó 5, les vence el plazo para utilizar la clave fiscal que posean para utilizar vía Internet los servicios informáticos habilitados por la AFIP.
Dichos trámites deberán hacerlo a través de la «clave fiscal» de un representante legal, a tal efecto, la persona que ejerza como tal deberá tener:
- CUIT Clave única de identificación tributaria, o bien CUIL Clave única de identificación laboral
- Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 ó 4
- Alta como «Administrador de Relaciones» de la persona jurídica.
Las personas jurídicas cuyo CUIT termina en 4 ó 5, el plazo para cumplir con los anteriores requisitos vence el viernes 30 de noviembre de 2007. De no hacerlo la «Clave Fiscal» de la sociedad caducará, no pudiendo utilizar ningún servicio informático ejemplo: «Presentación de declaraciones juradas y pago», «Su , «Padrón único de contribuyentes», «Mis facilidades» etc.
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