Debido a que las deducciones del Impuesto a las Ganancias permanecen sin modificaciones, los trabajadores autónomos deben soportar pagar más por el tributo que ingresan a la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, y a pesar de pagar una cuota cada ves más alta, al momento de jubilarse su haber es el mínimo. El año pasado el Gobierno aumento el Mínimo no Imponible a $15.000.- beneficio sólo para los trabajadores en relación de dependencia.
En agosto de 2013 el Ejecutivo modificó la deducción especial que se aplica a los empleados en relación de dependencia,mientras que los autónomos para liquidar ganancias deben utilizar las deducciones establecidas por le Decreto Nº 1.42/2013.
Mientras que la AFIP no actualice las deducciones que modifican el Mínimo no Imponible del impuesto a las ganancias a nivel general, ya que sólo fue modificado por decreto, para los trabajadores en relación de dependencia, los independientes deben soportar mayores cargas tributarias.
A esto se le suma que por la Ley de Movilidad Jubilatoria la cuota mensual que pagan se incrementa dos veces por año y los parámetros que limitan las categorías hace siete año que no son modificados.
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