Luego de finalizadas las paritarias salariales del 2014 la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, UOMRA, junto con las Cámaras empresarias del sector, y según indica el «segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, que le impone al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS, la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio aplicable».
El Acuerdo Salarial 2014 para los trabajadores de la UOMRA se firmo el día 28 de marzo y se homologó en el Ministerio de Trabajo mediante la Resolución S.T. Nº 537 el 8 de abril pasado, por lo tanto ahora la Secretaria de Trabajo ha dictado la Resolución S.T. Nº 849/14, con le fin de dar cumplimiento a lo determinado por la legislación.
Topes Indemnizatorios Salariales U.O.M.R.A. año 2014 | |||
Escalas C.C.T. Nº 260/75 Art. Nº 246 L.C.T. Acuerdo UOMRA 08/04/2014 | |||
Resolución S.T. Nº 849/2014 | |||
Partes Signatarias | Fecha Entrada en Vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope Indemnizatorio Resultante |
U.O.M.R.A. con
ADIMRA: ASOCIACIÓN DE INDUSTRIALES METALÚRGICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
C.C.T. Nº 260/75 |
Rama Nº 1 |
||
01/04/2014 | $ 6.828,54 | $ 20.485.62 | |
01/07/2014 | $ 7.511,44 | $ 22.534.32 | |
Rama Nº 3 |
|||
01/04/2014 | $ 7.387,00 | $ 22.161,00 | |
01/07/2014 | $ 8.125,67 | $ 24.377,01 | |
Rama Nº 4 |
|||
01/04/2014 | $ 7.915,55 | $ 23.746,65 | |
01/07/2014 | $ 8.707,11 | $ 26.121,33 | |
Rama Nº 5 |
|||
01/04/2014 | $ 6.928,20 | $ 20.784,60 | |
01/07/2014 | $ 7.621,14 | $ 22.863,42 | |
Ex- Rama Nº 7 |
|||
01/04/2014 | $ 7.343,75 | $ 22.031,25 | |
01/07/2014 | $ 8.078,25 | $ 24.234,75 | |
Rama Nº 8 |
|||
01/04/2014 | $ 6.928,20 | $ 20.784,60 | |
01/07/2014 | $ 7.621,14 | $ 22.863,42 | |
Rama Nº 10 |
|||
01/04/2014 | $ 7.474,88 | $ 22.424,64 | |
01/07/2014 | $ 8.222,44 | $ 24.667,32 | |
Rama Nº 12 |
|||
01/04/2014 | $ 6.928,20 | $ 20.784,60 | |
01/07/2014 | $ 7.621,14 | $ 22.863,42 | |
Rama Nº 16 |
|||
01/04/2014 | $ 7.346,95 | $ 22.040,85 | |
01/07/2014 | $ 8.081,90 | $ 24.245,70 | |
Rama Nº 17 |
|||
01/04/2014 | $ 6.844,03 | $ 20.532,09 | |
01/07/2014 | $ 7.528,50 | $ 22.585,50 | |
Rama Nº 18 |
|||
01/04/2014 | $ 6.928,20 | $ 20.784,60 | |
01/07/2014 | $ 7.621,14 | $ 22.863,42 | |
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Graciela
Ese basico de $9219 estaba desde hace mas de 1 año obviamente actualizandose con los aumentos que UOM fue dando año tras, año, pasa que recibi un aumento de sueldo por fuera del convenio lo que genero que siempre mi sueldo este por encima del convenio UOM, pero desde abril de esta año la empresa descidio regularizar esta situacion, segun me informaron, lo que genero este nuevo importe en el recibo de sueldo, mi pregunta radica si pueden hacer esto o no, ya que para mi lo tomo que mi basico bajo de $9219 a 6319.
Agradecere mi informes como debo proceder con esto, ya que todo lo qe pueda hacer , me refiero a pedir prestamo ,etc, se hace sobre el calculo del basico, inclusive la antigüedad que de echo ya bajo como te escribi arriba.
Saludos
Ignacio
ignacio
Es un error, decisión o costumbre de la empresa dar aumentos sobre el básico? tus compañeros también tienen básico sobre convenio?
ignacio
Es un error, decisión o costumbre de la empresa dar aumentos sobre el básico? tus compañeros también tienen básico sobre convenio? Es difícil orientarte sin ver un todo entedes? No consultaste con el abogado del Sindicato?
Graciela
Ese basico de $9219 estaba desde hace mas de 1 año obviamente actualizandose con los aumentos que
Estimada, hago la siguiente consulta, debido a que RRHH de mi empresa hizo una modificación/corrección en mi liquidación a partir de abril de este año,el cual fue:
-Hasta febrero del 2014, tenia un básico de $9219 con una categoría de Tecnico de 3ª , esto fue la liquidacion en el reibo del sueldo ,obviamente por encima de lo convenio. Desde el recibo de Abril 2014 recibí un recibo de sueldo , el cual marcaba un basico de $ 6319.03 con un importe de $4622.49 como a» cta de futuros aumentos Conv / leg», de esta manera desglosaron el importe de $ 9219, recurso humanos me manifesto que esto se debio a que debían ajustarme al convenio UOM y que estaba masl lo liquidado hasta ese momento ($9219), esto implica que mi basco bajo y hasta el importe de antigüedad bajo de $737 a 505, se sobre entiende que todos los calculos se hacen sobre el basico, y es por esto que estoy haciendo el reclamo para que se restaure como estaba antes. Mi pregunta es tengo razon en mi solicitud, ó puede la empresa hacerme esto ?
Necesito su asesoría lo antes posible.
Saludos Ignacio.
ignacio
Desde cuando cobras ese básico? Siempre cobraste diferente? Considero que si fue un error de la empresa debería ir adecuando el básico estipulado al de lo UOM de a poco para que tu sueldo no se vea reducido entendes? Conservar el básicos hasta llegar a que concuerde con el estipulado por la UOMRA, el aumento que den te lo darían como A cuenta o bien dividir el basico mas el a cta. y sobre eso pagar los adicionales No se puede disminuir el sueldo por lo que no se si ese fue tu caso o ellos Por eso siempre es conveniente ver cada situacion en particular Suerte