La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar.
La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de ellos, el que tiene los datos del grupo familiar cargado en la base d e datos del organismo previsional.
Requisitos para el cobro de la Asignación por Nacimiento.
Uno de los requisitos para gestionar la prestación es que la información del titular o beneficiario y su grupo familiar este debidamente cargada y actualizada en las bases de datos de ANSES. En el supuesto caso de no ser así, será necesario que presente documentación, siempre con copia a su empleador.
- Ser trabajador en relación de dependencia, titular de la Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Solicitar el pago de la Asignación por Nacimiento una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento del bebe.
- Trabajadores permanentes deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento.
- Trabajadores de temporada deben estar con prestación efectiva de servicios al momento de ocurrido el nacimiento.
- Titulares de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
- Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben percibir el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
- Cumplir con los topes, individual o del grupo familiar, establecidos en la normativa vigente a la fecha de ocurrido el nacimiento. Actual entre $200.- y $30.000.-
Para gestionar el cobro es necesario contar con una cierta antigüedad:
- Trabajadores en relación de dependencia:
- Mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento.
- Trabajadores permanentes y los de temporada, podrán computar para la antigüedad requerida los meses inmediatamente anteriores en que se hubieran percibido Prestaciones por Desempleo.
- Permanentes pueden computar, además, tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares desempeñadas en los meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
- Temporada pueden computar, además, el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con uno o más empleadores, durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
- Beneficiarios de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur:
- No se requiere antigüedad.
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A mi nunca me lo pagaron y llene todo…
Dicen que no me corresponde…
Yo no trabajo y mi marido si y no se lo pagaron a el tampoco. No todos los cobran
VEronica los trabajadores deben hacer el tramite para cobrarlo con copia al empleador y el día del nacimiento del bebe debe tener su sueldo dentro del tope salarial y una antigüedad mínima de 6 meses
las asignación universal cobran nacimiento?
Candia NO
Yo presente el acta de mi beba al mes que nació y no me pagaron el nacimiento como puedo hacer para cobrar mi beba nació el 16 febrero de 2016
Marcela si lees el articulo te das cuenta que se puede presentar documentación para cobrar Nacimiento el mismo mes que nace el bebe. se presenta recién a los 2 meses y con copia al empleador, leíste el articulo? cumplis los requisitos?
Hola cual es el formulario q se debe presentar para cobrar nacimiento necesito saber el número del formulario cual es
joana Recorda que todo va con copia al empleador http://www.econoblog.com.ar/9372/documentacion-a-presentar-por-los-trabajadores-para-cobrar-las-asignaciones-familiares/
hola buenas noches, tengo obra social de mi madre, porque ella es docente/secretaría, y tengo obra social porque sigo estudiando, ya que tengo 21 años, estoy embarazada de 3 meses, yo no trabajo, mi madre cobra más del monton, se podra hacer algo para poder recibir el beneficio de la asignacion por embarazo, por mas que ella cobre mas? ya que yo no trabajo y mi marido es remisero. ya saaque turno y tengo el formulario firmado.
ludmila el formulario 2.67 debe estar firmado por medico de hospital público, decis mi marido es remisero, pero esta en relación de dependencia o es Monotributista?