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ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar. La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar.

La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de ellos, el que tiene los datos del grupo familiar cargado en la base d e datos del organismo previsional.

Requisitos para el cobro de la Asignación por Nacimiento.

Uno de los requisitos para gestionar la prestación es que la información del titular o beneficiario y su grupo familiar este debidamente cargada y actualizada en las bases de datos de ANSES. En el supuesto caso de no ser así, será necesario que presente documentación, siempre con copia a su empleador.

  • Ser trabajador en relación de dependencia, titular de la Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Solicitar el pago de la Asignación por Nacimiento una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento del bebe.
  • Trabajadores permanentes deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores de temporada deben estar con prestación efectiva de servicios al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben percibir el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Cumplir con los topes, individual o del grupo familiar, establecidos en la normativa vigente a la fecha de ocurrido el nacimiento. Actual entre $200.- y $30.000.-

Para gestionar el cobro es necesario contar con una cierta antigüedad:

  • Trabajadores en relación de dependencia:
    • Mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores permanentes y los de temporada, podrán computar para la antigüedad requerida los meses inmediatamente anteriores en que se hubieran percibido Prestaciones por Desempleo.
    • Permanentes pueden computar, además, tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares desempeñadas en los meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
    • Temporada pueden computar, además, el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con uno o más empleadores, durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur:
    • No se requiere antigüedad.

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1.212 comentarios en “ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento”

  1. Hola no puedo cobrar el nacimiento me dijeron que tengo q contar con antiguead de 6 meses en el empleo mi beba nacio el 31/08/15 y mi trabajo ingrese en 05/05 /15 no se toma trabajo anterior aesa fecha .entonses puedo tramitar el prenatal. Gracias

    1. Hernan si ya nació no te pagan prenatal, pero si se toma para la antigüedad trabajos anteriores, en el ultimo año acreditar antigüedad laboral mínima de 6 meses y te pagan el nacimiento

  2. hola queria saber mi beba tiene casi 2 meses hasta cuando tengo tiempo para cobrar el nacimiento? tengo que sacar turno para presentar el formulario?

    1. Ingrid Tenes tiempo hasta los dos años de tu bebe, recorda presentar con copia a tu empleador y pedi el CUIL para que termine el tramite por Internet, conviene además, llevar CBU para que te depositen en cuenta

  3. Hola yo presente solo el acta del bebé para cobrar asignación, para cobrar lo retenido del embarazo estoy a tiempo? El tienen 3 meses.

    1. Lorena si tenes que presentar certificado del medico que te atendió, partida de nacimiento del bebe

  4. Hola quisiera saber si hay un limite de días después q nace tu bebe para presentar los papeles en andes y poder cobrar.. Mi bebe nació él 20 de enero y yo presente los papeles él 29 de febrero sera q voy a cobrar ahora en mayo?

  5. Hola necesito saber que tengo que hacer para que mi marido pueda cobra el salario de mi bebé que tiene 6 meses hace un mes que el esta en blanco recién. !yo cobraba la asignación por hijo,ahora ya no

    1. Mailen Sacar turno en Asignaciones Familiares Tramites trabajadores SUAF y llevar partida de nacimiento y DNI del bebe y DNI y recibo de cobro de él, pide el CUIL para entregárselo a su empleador para que termine el tramite por Internet. Ademas conviene llevar el CBU para que te depositen en cuenta

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