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ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar. La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar.

La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de ellos, el que tiene los datos del grupo familiar cargado en la base d e datos del organismo previsional.

Requisitos para el cobro de la Asignación por Nacimiento.

Uno de los requisitos para gestionar la prestación es que la información del titular o beneficiario y su grupo familiar este debidamente cargada y actualizada en las bases de datos de ANSES. En el supuesto caso de no ser así, será necesario que presente documentación, siempre con copia a su empleador.

  • Ser trabajador en relación de dependencia, titular de la Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Solicitar el pago de la Asignación por Nacimiento una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento del bebe.
  • Trabajadores permanentes deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores de temporada deben estar con prestación efectiva de servicios al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben percibir el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Cumplir con los topes, individual o del grupo familiar, establecidos en la normativa vigente a la fecha de ocurrido el nacimiento. Actual entre $200.- y $30.000.-

Para gestionar el cobro es necesario contar con una cierta antigüedad:

  • Trabajadores en relación de dependencia:
    • Mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores permanentes y los de temporada, podrán computar para la antigüedad requerida los meses inmediatamente anteriores en que se hubieran percibido Prestaciones por Desempleo.
    • Permanentes pueden computar, además, tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares desempeñadas en los meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
    • Temporada pueden computar, además, el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con uno o más empleadores, durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur:
    • No se requiere antigüedad.

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1.212 comentarios en “ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento”

  1. Hola. Mi bebé nació el 6 de mayo de 2016. Ya puedo tramitar el cobro del nacimiento? Que papeles necesito? Y mi marido trabaja en blanco,pero puedo tramitar para cobrarlo yo?

    1. Rocio el tramite lo podes hacer cuando el bebe cumpla los dos meses, y se tiene en cuenta la antigüedad laboral de tu marido el día del nacimiento (minimo 6 meses) y se saca turno y se presenta del bebe partida de nacimiento y DNI, y del trabajador DNI y recibo de cobro, y tuyo DNI y un poder que te otorga tu marido Y conviene llevar un CBU para que depositen en cuenta y pedir el CUIL del bebe

    1. Romina todo con copia a tu empleador, del bebe partida de nacimiento y DNI y pedir el CUIL (para obra social y llevárselo al empleador) trabajador, recibo de cobro y DNI conviene llevar CBU para que depositen en cuenta. Todo original y fotocopias y llevar duplicado al empleador

  2. Gabriela vanina

    Hola tengo una duda.. el tema del aguinaldo de junio lo cobro también ya que mi bebe nació en mayo y estoy de licencia desde abril..pero en el trabajo no le supieron explicar el tema del sac.

    1. Gabriela sobre los días trabajados tu empleador te paga el aguinaldo proporcional y sobre la Licencia por Maternidad no se cobra aguinaldo ya que es una Asignación familiar y no se paga SAC

  3. Buenas quería saber qué requisitos debo llevar para presentar por 1era vez el formulario de embarazo ??

  4. Hola q papeles tengo q llevar p hacer el tramite de cobro x nacimiento,…. Solo el dni del titular y el de bb

    1. Belen Del bebe partida de nacimiento y DNI, si hace el tramite el trabajador DNI y recio de cobro, sino es le titular llevar un poder, conviene pedir CUIL del bebe para llevárselo al empleador para que lo cargue por Internet y llevar CBU para que depositen en cuenta. Todo original y fotocopias

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