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ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar. La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar.

La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de ellos, el que tiene los datos del grupo familiar cargado en la base d e datos del organismo previsional.

Requisitos para el cobro de la Asignación por Nacimiento.

Uno de los requisitos para gestionar la prestación es que la información del titular o beneficiario y su grupo familiar este debidamente cargada y actualizada en las bases de datos de ANSES. En el supuesto caso de no ser así, será necesario que presente documentación, siempre con copia a su empleador.

  • Ser trabajador en relación de dependencia, titular de la Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Solicitar el pago de la Asignación por Nacimiento una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento del bebe.
  • Trabajadores permanentes deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores de temporada deben estar con prestación efectiva de servicios al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben percibir el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Cumplir con los topes, individual o del grupo familiar, establecidos en la normativa vigente a la fecha de ocurrido el nacimiento. Actual entre $200.- y $30.000.-

Para gestionar el cobro es necesario contar con una cierta antigüedad:

  • Trabajadores en relación de dependencia:
    • Mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores permanentes y los de temporada, podrán computar para la antigüedad requerida los meses inmediatamente anteriores en que se hubieran percibido Prestaciones por Desempleo.
    • Permanentes pueden computar, además, tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares desempeñadas en los meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
    • Temporada pueden computar, además, el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con uno o más empleadores, durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur:
    • No se requiere antigüedad.

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1.212 comentarios en “ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento”

  1. Mis mellizos nacieron en enero y empece a cobrar por ellos en abril…los mese anteriores me los tendrian q pagar tambn….yo cobro por hijo por trabajadr en blanco y otra cosa….al estar anotados ya en la vase de dats de anses en mi grupo familiar no tendria q haber sido automático el pago del nacimiento. ..?o teng q presentar td los papeles otra vez…?gracias

    1. Alberrrr Si trabajas si te pagan retroactivo desde que nació y el tramite para Nacimiento se debe hacer, todo con copia al empleador

  2. Hola una pregunta? Yo soy extranjera tengo un bebe de 5 meses y no cobre embarazo ni nacimiento.. El papa es argentino y esta en blanco mi bebe tiene el apellido del padre quisiera saber que tramites tengo que hacer que papeles tengo que llevar??? Mi marido tiene años de antiguedad.. Quisiera saber si solo tengo que llevar los papeles de ellos dos o tambien los mio?

    1. Natalia el papa tiene que hacer el tramite con copia a su empleador, para cobrar Nacimiento y Asignación por Hijo, embarazo no. Saca turno en la sesión Asignaciones Familiares TRamites Trabajadores SUAF, todo con copia al empleador

      1. Natalia Toda la documentación que se presenta en ANSES se hace copia para entregarle al empleador, para que termine el tramite por Internet

  3. Hola yo ya cobre la asignacion por embarazo y el nacimiento , como debo seguir para tramitar lo de la asignacion por hijo

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