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ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar. La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, abona de forma directa la Asignación por Nacimiento a los trabajadores en relación de dependencia o a los beneficiarios de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, titular de la Prestación por Desempleo o de la Pensión Honorífica de veteranos de Guerra del Atlántico Sur, cuando se produzca una modificación en su grupo familiar por el nacimiento de un hijo. Siempre y cuando su remuneración se encuentre dentro del tope establecido, actualmente es entre $200.- y $30.000.- del grupo familiar.

La Asignación por Nacimiento es un monto que paga ANSES cuando se produzca un nacimiento de un hijo en los trabajadores, aunque ambas padres trabajen el beneficio sólo lo cobra uno de ellos, el que tiene los datos del grupo familiar cargado en la base d e datos del organismo previsional.

Requisitos para el cobro de la Asignación por Nacimiento.

Uno de los requisitos para gestionar la prestación es que la información del titular o beneficiario y su grupo familiar este debidamente cargada y actualizada en las bases de datos de ANSES. En el supuesto caso de no ser así, será necesario que presente documentación, siempre con copia a su empleador.

  • Ser trabajador en relación de dependencia, titular de la Prestación por Desempleo, titular de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo o titular de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Solicitar el pago de la Asignación por Nacimiento una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento del bebe.
  • Trabajadores permanentes deben estar en relación de dependencia al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores de temporada deben estar con prestación efectiva de servicios al momento de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur deben percibir el haber previsional correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento.
  • Cumplir con los topes, individual o del grupo familiar, establecidos en la normativa vigente a la fecha de ocurrido el nacimiento. Actual entre $200.- y $30.000.-

Para gestionar el cobro es necesario contar con una cierta antigüedad:

  • Trabajadores en relación de dependencia:
    • Mínima y continuada en el empleo de seis (6) meses a la fecha de ocurrido el nacimiento.
  • Trabajadores permanentes y los de temporada, podrán computar para la antigüedad requerida los meses inmediatamente anteriores en que se hubieran percibido Prestaciones por Desempleo.
    • Permanentes pueden computar, además, tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares desempeñadas en los meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
    • Temporada pueden computar, además, el período desempeñado en tareas comprendidas en el régimen de Asignaciones Familiares con uno o más empleadores, durante los doce (12) meses inmediatamente anteriores al inicio de la actual actividad.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo y de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur:
    • No se requiere antigüedad.

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1.212 comentarios en “ANSES: Requisitos para el Cobro de la Asignación por Nacimiento”

    1. Hasta los dos años del bebe, pero siempre se tienen en cuenta los requisitos del mes del nacimiento del bebe

  1. Holaa… el papa de mi bebe llaba 2 años en blanco. El bb nacio el 6 de diciembre de 2016 osea tiene 2 meses nunka cobre nada de el puedo tramitar el nacimiento? Y qe es el prenatal? Lo puedo tramitar? Muchasss grasiass….

    1. Prenatal una vez que nace no te lo pagan, si podes tramitar, cobro Nacimiento y asignacion por HIJO por SUAF, todo se presenta con copia al empleador que debe terminar el tramite por internet

    1. Copia de Partida de nacimiento, CUIL y DNI del bebe se lo tiene que entregar al empleador para que termine el tramite por Internet

  2. hola quisiera saber si me pueden decir que tengo q presentar para cobrar el nacimiento de mi bb tiene 5 meses … gracias

    1. Si cumplis los requisitos el mes del nacimiento del bebe, se saca turno Asignaciones Familiares Tramites nacimiento y se presenta partida de nacimiento y DNI del bebe y tuyo recibod e cobro y DNI, todo con copia al empleador

      1. Hola para poder cobrar los meses no cobrado de la asignación x hijo como ago? No cobre desde junio del 2016 y presente la libreta en agosto recién cobre en enero de 2017 esos 6 meses no tiene reintegro??

      2. Hola para poder cobrar los meses no cobrado de la asignación x hijo como ago? No cobre desde junio del 2016 y presente la libreta en agosto recién cobre en enero de 2017 esos 6 meses no tiene reintegro??

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