La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, a menos de una semana de haber recibido por parte de Tribunales un duro revés, ahora desafía a la Justicia y profundiza el sistema de pre liquidación de ARBANET, poniendo en marcha el procedimiento que deberán seguir las Empresas y los particulares para recuperar el Impuesto a los Ingresos Brutos retenidos de más. Este es un nuevo procedimiento el fisco que reaviva la polémica.
El fisco bonaerense desafía a la Justicia al profundizar el polémico sistema de pre liquidación impositiva online denominado “ARBANET”. Poniendo en marcha un nuevo procedimiento que deberá seguir las Empresas y los particulares a fin de recuperar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos retenidos en exceso.
En el mes de junio venció la presentación de la Declaración Jurada anual, muchos fueron los contribuyentes a los cuales les surgió diferencias a favor al confrontar el monto total de los anticipos mensuales, calculados por el fisco bonaerense, contra el importe de la obligación anual.
ARBA no solamente apelará el fallo que impidió el cobro de anticipos pre liquidados en Ingresos Brutos, sino que también reforzará la contraofensiva judicial con la implementación de la devolución de los saldos a favor.
Devolución del Impuesto a los Ingresos Brutos
Errepar, publico la nueva resolución normativa 47/2009, donde se establece “las condiciones y mecanismos para efectivizar las devoluciones de los saldos a favor de los contribuyentes incluidos en el régimen de liquidación de anticipos de Ingresos Brutos – ARBANET”.
Mario Volman, socio de Kaplan, Volman & Asociados explicó oportunamente que: “el fisco provincial estableció un sistema de determinación administrativa de los anticipos y del saldo de la declaración jurada de Ingresos Brutos de pequeños contribuyentes locales provinciales”.
Agregando que: ”Dichos contribuyentes son aquellos que han obtenido hasta $450.000 de ingresos operativos -gravados, no gravados y exentos- en el año calendario inmediato anterior”.
Volman, explicó que el régimen establece que ARBA determinará administrativamente el gravamen en base a la información que posee: “Por lo tanto, tendrá en cuenta las declaraciones juradas presentadas, la información proporcionada por agentes de recaudación -entre otras, las retenciones y percepciones sufridas- y demás datos obtenidos de organismos públicos o privados”.
Dentro de este marco, la nueva resolución fija que cuando surjan diferencias a favor, al confrontar el monto total de los anticipos mensuales pre liquidados contra el importe de la obligación anual, ARBA devolverá automáticamente el impuesto retenido en exceso siempre y cuando los contribuyentes cumplan con las siguientes condiciones:
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La compañía o el particular haya confirmado la liquidación jurada anual 2008.
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No debiendo adeudar Ingresos Brutos correspondiente a los períodos no prescriptos.
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No se debe encontrar bajo fiscalización de ARBA.
La norma agrega que las devoluciones efectuadas se comunicarán a través de la página Web de ARBA precisando el medio por el cual se efectivizará el reintegro de fondos. Por otra parte, la resolución establece que: “en ningún caso se efectuarán devoluciones cuando los saldos a favor no superen los $10.-”.
Si la empresa o el particular adeuda anticipos correspondientes al 2009, ARBA destinará -en primer término- el saldo a favor a compensar tales montos para sólo devolver la diferencia resultante.
Fallo adverso
Es claro que, a través del nuevo mecanismo de devolución, ARBA no escucha la decisión del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, a cargo de Luis Arias.
Ya que, el magistrado determinó que el fisco bonaerense debe dejar de cobrar anticipos en Ingresos Brutos a los abogados agrupados en el Colegio provincial que iniciaron la demanda.
Desde el Colegio de Abogados bonaerense argumentaron que los anticipos calculados por ARBA pueden constituir una doble imposición cuando, por ejemplo, el fisco provincial establece montos calculados con base en operaciones bancarias en las que ya se retuvo un porcentaje destinado a Ingresos Brutos.
Conocida la sentencia, ARBA aseguró que apelará el fallo. El organismo recaudador bonaerense solicitará a la Fiscalía de Estado la apelación inmediata de dicha sentencia, sobre la convicción que en la misma el magistrado interviniente “no aplicó correctamente las normas legales vigentes en la materia».
Pre liquidación cuestionada
El polémico sistema “ARBANET” fue duramente cuestionado por el ámbito profesional. Reconocidos tributaristas consultados por este medio, que prefirieron preservar su identidad, aseguraron que “evidentemente, la voracidad por la caja manda en la Provincia de Buenos Aires y la buena técnica legislativa, así como los derechos de los contribuyentes, han sido sacrificados en pos de las necesidades financieras del Gobierno provincial”.
De igual manera los expertos opinan que: “Podríamos decir que se trata de un sistema claramente arbitrario: pague lo que nosotros le decimos y, si al confeccionar la declaración jurada anual, determina diferencias a su favor, inicie una acción de repetición; generando así un grave problema financiero. Al hecho de adelantar impuesto a través de los anticipos se suma la tardanza en obtener la devolución del dinero ingresado en exceso”.
Juan Gobbi, diputado provincial de la Unión Cívica Radical (UCR), apoyándose en estas críticas presentó un proyecto de ley a fin de derogar el régimen de pre liquidación online.
Advirtiendo sobre la arbitrariedad del mecanismo utilizado para calcular el monto de los anticipos a cancelar.
En los fundamentos, el legislador puso de relieve que ARBA: “impone al contribuyente su carga tributaria determinando anticipos mensuales sin tomar a priori la base imponible real”.
Gobbi, refiriéndose al cálculo de los anticipos, señaló que: “en la práctica la presunción fiscal es en muchos casos equivocada y los anticipos impuestos no se corresponden con su obligación tributaria real”.
Remarcando que: “existencia de un alto costo de oportunidad del dinero pues el contribuyente debe efectuar los pagos de la pre liquidación; y de no ser correctos, deberá esperar no menos de 12 meses para poder reclamar la diferencia a favor”.
Concluyendo en que: “Este sistema no es ni más ni menos que un avasallamiento al contribuyente que se le impone coercitivamente una carga tributaria fuera de tiempo”, concluyó.
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Existe alguna manera de que arba devuelva el saldo a favor del contribuyente. Se puede hacer por via legal? Conocen resultados positivos para el contribuyente? gracias
El sistema Arbanet es un desastre, ellos dicen que devolveran los saldos a favor pero para ello hay que confirmar la DDJJ preparada por Arba, el problema es que Arba no reconoce los saldo a favor en las declaraciones juradas o solo reconoce una pequeña parte, en mi caso reconoce 500 de 2900 aprox, de modo que no puedo confirmar esta DDJJ ya que perdería la diferencia, pero si no la confirmo tampoco la recupero, es un cuento de nunca acabar, hace al menos 2 años que me pasa lo mismo. Tengo retenciones al facturar y luego el banco vuelve a retener al depositar el cheque del pago, siempre tendré saldo a favor, no hay manera de salir de esto? Con el convenio pasa lo mismo?
Hace 18 años tuvimos un negocio de remiseria que duro menos de 1 año,el contador que tenia no dio la baja correspondiente pero me informaron que la baja despues de tanto tiempo se da de oficio. Hoy Arba refloto esto de hace 18 años y me esta embargando un plazo fijo la deuda que me aplican es de $8700 por algo que nunca me dio ganancia y no existe. Hay alguna forma de defenderse de tanta injusticia, se debe pagar y despues reclamar. Se que cometi el error de no dar la baja pero creo que el importe y la forma en que lo quieren cobrar es por demas ABUSIVO. Me pueden explicar como me defiendo.
Desde octubre del 2004 que comencé con actividad comercial, con un contador que me inscribió en regimen general, en octubre realizo un pago anual del cual me descontaban un porcentaje por mes de acuerdo a las ventas. En el mes de enero del 2005 este contador me inscribe en el regimen simplificado a partir de ese momento comencé a pagar mensualmente $15.- Pero nunca pude recuperar lo que había abonado al comienzo de mi actividad porque decía que no había formulario.hasta hace un par de días el mayorista c… me realizaba retenciones del 3% y el 6%, y consultando con una contadora amiga me entero que estoy pagando de más y me entero que el contador que tenia nunca habia presentado los papeles correspondientes al cambio de reg. simplificado. Quiero que me devuelvan en mi cuenta de ingresos brutos la cantidad de dinero retenida por arba san martin a través de el cotillon c….. Solicito me envíen una respuesta de donde y en que entidad tengo que presentar la documentación para que acrediten el dinero en mi ingresos brutos. Atte, L..o. 27 22962XXX 9
movimientos de cuenta sueldo , reclamo por cobro de ingreso brutos