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AFIP: Vencimientos pago Cuota Trabajadores Autónomos mes de Agosto de 2014

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que hoy, lunes 4 de agosto de 2014, comienzan los vencimientos que deben tener en cuenta para el pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social los Trabajadores Autónomos, correspondientes al período julio de este año. Según la modalidad del fisco nacional las fechas varían de acuerdo a cada terminación de la Clave Unificada de Identificación Tributaria, CUIT, de cada contribuyente. Desde hoy comienzan los vencimientos del pago de la cuota de los trabajadores autónomos en el mes de agosto de 2014 periodo fiscal julio, y dependen de la terminación de la CUIT: CUIT terminado en 0-1: 04/08/2014. CUIT terminado en 2-3: 05/08/2014. CUIT terminado en 4-5: 06/08/2014. CUIT terminado […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que hoy, lunes 4 de agosto de 2014, comienzan los vencimientos que deben tener en cuenta para el pago de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social los Trabajadores Autónomos, correspondientes al período julio de este año. Según la modalidad del fisco nacional las fechas varían de acuerdo a cada terminación de la Clave Unificada de Identificación Tributaria, CUIT, de cada contribuyente.

Desde hoy comienzan los vencimientos del pago de la cuota de los trabajadores autónomos en el mes de agosto de 2014 periodo fiscal julio, y dependen de la terminación de la CUIT:

  • CUIT terminado en 0-1: 04/08/2014.
  • CUIT terminado en 2-3: 05/08/2014.
  • CUIT terminado en 4-5: 06/08/2014.
  • CUIT terminado en 6-7: 07/08/2014.
  • CUIT terminado en 8-9: 08/08/2014.

Los contribuyentes podrán realizar el respectivo pago por medio de las siguientes modalidades:

  • Realizado el Volante Electrónico de Pago, VEP, por transferencia electrónica de Fondos.
  • Solicitando a:
    • Tarjetas de Débito y/o Crédito el Débito automático.
    • Bancos Débito directo en su cuenta.
  • Cajero Automático.
  • Concurriendo de forma personal a cualquiera de las entidades habilitadas por la AFIP a realizar el cobro, exhibiendo la credencial para el pago (F. 1101) o verbalmente indicando al cajero el “Código de Registro Autónomo” y el período de pago.

AFIP recuerda que puede obtener un reintegro anual por un importe equivalente al impuesto integrado mensual, por abonar sus obligaciones mediante “Débito directo en cuenta bancaria” ó mediante “Débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito”.

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