Mujer con carpeta de EconoBlog

Planillas con los Básicos de los Empleados de Comercio 2014 – 2015

Este mes corresponde aplicar el último tramo del aumento salarial acordado a los Empleados de Comercio, pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75 del 10%. El acuerdo fue de un incremento del 27% no acumulativo, ya se pago en abril el 17% y ahora se suma la diferencia, tomando como base los básicos del mes de marzo. Además, se acordó el pago de una suma fija, extraordinaria,excepcional y por única vez de $2.400.- a pagar en dos cuotas de $1.200.-cada una en os meses de julio y noviembre de 2014.- El sindicato y las cámaras empresariales acordaron el aumento salarial 2014 – 2015 para los empleados de comercio, y los aspectos principales son que se estableció una suba […]

Este mes corresponde aplicar el último tramo del aumento salarial acordado a los Empleados de Comercio, pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75 del 10%. El acuerdo fue de un incremento del 27% no acumulativo, ya se pago en abril el 17% y ahora se suma la diferencia, tomando como base los básicos del mes de marzo. Además, se acordó el pago de una suma fija, extraordinaria,excepcional y por única vez de $2.400.- a pagar en dos cuotas de $1.200.-cada una en os meses de julio y noviembre de 2014.-

El sindicato y las cámaras empresariales acordaron el aumento salarial 2014 – 2015 para los empleados de comercio, y los aspectos principales son que se estableció una suba del 27% sobre los básicos acordados en marzo de 2014 a pagar un 17% a partir de abril y un 10% más en septiembre, porcentajes no acumulativos. Según los cálculos la planilla con los básicos queda conformada de la siguiente manera:

Planilla de Básicos Empleados de Comercio 2014 – 2015
Categoría Base de Cálculo 17% /Marzo/14 10% / Marzo14
Marzo 2014 Abril 2014 Septiembre 2014
Maestranza A $  6.667,99

$  7.801,55

$  8.468,35
Maestranza B $  6.693,24 $  7.831,09 $  8.500,41
Maestranza C $  6.781,68 $  7.934,57 $  8.612,74
Administrativo  A $  6.762,73 $  7.912,39 $  8.588,66
Administrativo  B $  6.800,64 $  7.956,75 $  8.636,81
Administrativo  C $  6.838,47 $  8.001,01 $  8.684,86
Administrativo   D $  6.952,20 $  8.134,07 $  8.829,29
Administrativo  E $  7.046,95 $  8.244,93 $  8.949,63
Administrativo  F $  7.185,81 $  8.407,51 $  9.126,10
Cajero       A $  6.794,29 $  7.949,32 $  8.628,75
Cajero       B $  6.838,47 $  8.001,01 $  8.684,86
Cajero       C $  6.895,36 $  8.067,57 $  8.757,11
Personal Auxiliar     A $  6.794,31 $  7.949,34 $  8.628,77
Personal Auxiliar     B $  6.857,47 $  8.023,24 $  8.708,99
Personal Auxiliar     C $  7.065,89 $  8.267,09 $  8.973,68
Auxiliar Especializado   A $  6.870,10 $  8.038,02 $  8.725,03
Auxiliar Especializado   B $  6.983,79 $  8.171,03 $  8.869,41
Vendedor       A $  6.794,29 $  7.949,32 $  8.628,75
Vendedor       B $  6.983,79 $  8.171,03 $  8.869,41
Vendedor       C $  7.046,95 $  8.244,93 $  8.949,63
Vendedor       D $  7.185,91 $  8.407,51 $  9.126,10
 

En aquellos casos en los cuales el trabajador no realice la jornada completa o sea bajo régimen de jornada reducida el básico resultante será proporcional a dicha jornada laboral.

Se acordó además, el pago de una suma extraordinaria no acumulativa de $2.400.- a pagar en dos cuotas $1.200.- en julio y la otra en noviembre de 2014.

También el CCT establece pago de adicionales para determinadas categorías:

Adicionales a pagar por Distintas Actividades y Categorías

Adicional Abril 2014 Septiembre 2014
Articulo Nº 23 del CCT Nº 130/75
Armado de Vidriera $ 312,95 $ 339,70
Articulo Nº 30 del CCT Nº 130/75
Cajero  A $ 973,79 $ 1.057,02
Cajero B $ 3.840,48 $ 4.168,73
Cajero C $ 973,79 $ 1.057,02
Articulo Nº 36 del CCT Nº 130/75

Ayudante de Chofer

   
De 1 a 100 Km desde la sede del empleador $ 0,65 $ 0,71
Más de 100 km $ 0,80 $ 0,87

Chofer

   
de 1 a  100 Km desde la sede del empleador $ 0,80 $ 0.87
Más de 100 km $ 0,94 $ 1.02
 

Adicional Cajeros grandes superficies

El adicional especial previsto en el art.18 del Acuerdo Colectivo suscripto entre las mismas partes con fecha 22 de junio de 2011, se fija en $ 4.680 anuales, a partir del mes de abril de 2014. Comprende a cajeros de:

  • Empresas de cadenas de supermercados, hipermercados,
  • Autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas;
  • Autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad,

Esta suma se abonará en cuotas iguales de liquidación mensual de $390, y se integrará al denominado “faltante de caja”.

El Acuerdo Colectivo tendrá vigencia desde el 1° de abril de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015.

Seguinos

25 comentarios en “Planillas con los Básicos de los Empleados de Comercio 2014 – 2015”

  1. Soy empleada en un local de ropa y trabajo media jornada de lunes a sábados y gano 1100 pesos en mayo tuve un aumento y al mes siguiente ya no me lo pagaron al aumento porque dijeron que estaba mal. Estoy en blanco pero mi recibo de sueldo es muy trucho y siempre viene liquidado mal. Me gustaría saber cuanto debería cobrar

  2. MI PREGUNTA ES TRABAJO 9 HS DIARIAS DE LUN A VIER. ….CUANTO TENGO DE DESCANSO U HS, DE ALMUERZO?’ Y CUAL ES EL BASICO DE ADM A..TENGO 8 AÑOS DE ANTIGUEDAD

  3. Hola!una consulta..soy estilista,trabajo de martes a sabados 10hs diarias de corrido y sin que me paguen la comida!viernes y sabados ponen turnos hasta mas tarde y me voy a las 22hs de la noche a mi casa!yo tengo que abrir y cerrar el local por que mis patrones se van y me dejan con todo..total les factura!estoy en blanco hace un par de meses..dos años en negro y cobrando $100 por dia,unas ratas!mi pregunta es cuanto deberia estar cobrando?muchas gracias.

    1. Roberto

      No tenes que mirar el CCT del empelados de Comercio me parece que tenes que ver los básicos y formas de liquidar, horarios etc en el Convenio de los peluqueros o tu empleador te paga como comercio???

  4. yo trabajo en un estudio contable de lunes a viernes de 8:30 a 12:30 hs. y dos dias a la semana de 14 a 18 hs. tengo una antiguedad de 7 años pero estoy como monotributista. cuanto deberia estar cobrando??

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil