La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, estableció y puso a disposición de los contribuyentes los montos y formularios para pagar los aportes y la Aseguradora de Riesgo de Trabajo, ART, de las empleadas de servicio doméstico desde octubre de 2014. si bien, el seguro por accidentes de los trabajadores de casas particulares rige desde noviembre, el pago es adelantado y debe realizarse junto con los aportes y contribuciones de este mes.
La AFIP estableció la manera de ingresar los montos de los aportes y contribuciones con destino al Sistema de Riesgos del Trabajo para empleadas domésticas.
El pasado mes de septiembre la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) fijo los montos a pagar por la ART, dicha importe depende del rango de horas semanales de trabajo de la empleada, tal como rige para el sistema de Seguridad Social:
- Menos de 12 horas semanales, $130.-
- Entre 12 y 16 horas semanales, $ 165.-
- Más de 16 horas semanales, $230.-
Por lo que el total a pagar por cada empleado del servicio domestico será el siguiente:
Trabajador activo
Mayor 18 años
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | ||
APORTES | CONTRIBUCIONES | |||
Jubilación | ART | |||
Menos de 12 Horas | $ 161.- | $ 19.- | $ 12.- | $130.- |
Desde 12 a menos de 16 Horas | $224.- | $ 35.- | $ 24.- | $165.- |
16 Horas o más | $ 498.- | $ 233,00 | $ 35.- | $230.- |
Además, publico los formularios para el pago que son el F102/RT y el F1530 para el pago de los aportes y contribuciones cuando se paga una liquidación final.
Para el trabajador de casas particulares los formularios habilitados son los Siguientes:
- F102/B: Pago de Aportes y contribuciones sobre sueldos hasta septiembre de 2014.
- F102/RT Pago de Aportes y contribuciones sobre sueldos a partir de octubre de 2014 en adelante.
- F 575/B Pagos Voluntarios hasta septiembre de 2014.
- F 575/RT: Pagos Voluntarios e inicio de relación laboral desde Octubre 2014.
- F 1350: Pagos de aportes y contribuciones del cese de relación laboral desde octubre 2014. Solo pago electrónico.
Tanto la cuota de la ART como de la contribución que paga el empleador puede ser deducidas del Impuesto a las Ganancias, por:
- Personas de existencia visible y sucesiones indivisas, que determinan anualmente el mencionado impuesto.
- Empleados en relación de dependencia y los restantes sujetos que obtienen ganancias de cuarta categoría.
Para poder deducirlo será necesario que se conserve el tique del pago.
Bajar Formulario F102/B Aportes hasta Septiembre 2014
Bajar Formulario F575/B Aportes Voluntarios hasta Septiembre 2014
Bajar Formulario F102/RT Aportes desde Octubre 2014
Bajar Formulario F 575/RT Aportes Voluntarios desde Octubre 2014 e Inicio
Bajar Formulario F 1350 Aportes Cese Relación Laboral desde Octubre 2014
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Tengo.una duda pague en rapipago el formulario 575rt , pero no se como cargar el número de operación en la afip. Gracias
Tengo dudas como se llena el 575/rt yo pago de obra social $214 y de contribuciones 23 pero tengo dudas gracias
marta
Para completar las cargas sociales pagas la diferencia de cada rubro en un 575, el monto de como que trabajas mas de 16 horas menos lo que pagas esa es la diferencia
Antes de septiembre estaba al día con las cargas sociales, cuando salio el tema de la ART no supe que hacer. Como hago para ponerme al día con los aportes, y como anoto a la empleada en la ART. Aparentemente ya le designaron una ART pero no pude comunicarme con la Superintendencia de riesgos de trabajo para averiguar.
Paula
comenza a pagar el mes que vence y un mes atrasado mas los intereses
Donde puedo pagar el formulario 1350? fui a Pago Facíl y Rapipago y no me lo aceptan no tienen en el sistema el pago de ese formulario ???
elisa
1350 es solo pago electrónico
En el caso de la extinción de una relación laboral, sólo deberán ingresarse los aportes y/o contribuciones correspondientes al último período mensual devengado.
En tal supuesto, el empleador realizará el correspondiente pago mediante el volante de pago F. 1350, a cuyo fin deberá, previamente, informar el cese de dicha relación en el Registro Especial de Personal de Casas Particulares, en los términos de la RG 3491.
Los pagos de los importes correspondientes deberán efectuarse por medio de un Volante Electrónico de Pago (VEP)
Buenas tardes.
Quiero consultarles donde o como se paga el formulario 575/RT?
Se puede hacer por pago mis cuentas?
Gracias
Claudio
Se paga en PagoFacil, Rapipago Bapro bancos etc.
Dice Graciela que se puede pagar el F 575RT, por pago mis cuentas. ¿ Podes decirnos como se hace?
Yo no encuentro la forma. Si se como se paga el formulario 102 que venia pagando antes
Gracias por la explicacion
Carlos
Arregle mi comentario quize poner que no se paga por Pagos mis cuentas y se paga por Pago Fácil BAPRO etc.