La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, establece que el subsidio por Contención Familiar por los gastos de sepelio de los jubilados y/o pensionados, consiste en una suma fija que paga el organismo previsional de $4.000.- y se puede reclamar hasta el año de la fecha de fallecimiento del titular. El trámite sólo se gestiona en ANSES y si existen derechohabientes se liquida directamente con la pensión sin trámite previo, pero de no existir lo cobra la persona que acredita con factura a su nombre haberse echo cargo de los gastos.
La ANSES paga un subsidio de Contención Familiar para cubrir en parte los gastos de sepelio de los jubilados y pensionados titulares que residan en la República Argentina o en el exterior. El monto para suceso producido desde el 1º de junio de 2013 es de $4.000.- y los beneficiarios tiene un año de vigencia para reclamarlo, contado a partir de la fecha de fallecimiento del beneficiario.
Es importante que los datos personales y de su grupo familiar se encuentren cargados en la Base de Datos de Personas, ADP, de ANSES, caso contrario se debe hacer presentando sin turno previo la documentación pertinente para cada caso.
ANSES considera titular de la prestación del subsidio a toda persona que en el momento de su fallecimiento se encuentre percibiendo o bien haya solicitado una jubilación o pensión, siempre y cuando corresponda su otorgamiento.
Para tramitar el cobro del subsidio solamente se lo puede tramitar en ANSES y lo primero es obtener la Clave de la Seguridad Social, y luego sacar el turno en a página de ANSES, hacer clic aquí, o a través de la línea gratuita Nº130.
Si de este fallecimiento deriva en una pensión el cobro del subsidio se paga automáticamente en el primer cobro sin tramite alguno. Pero caso contrario, lo puede tramitar cualquier persona que acredite con la factura de la empresa fúnebre a su nombre haberse echo cargo de los gastos ocasionados por el fallecimiento.
Documentación y pasos a seguir y presentar para tramitar el cobro del Subsidio de Contención Familiar:
- Partida de Defunción Original y Fotocopia.
- DNI del Solicitante Original y Fotocopia.
- Solicitud del Subsidio ingresada por web, con Clave de la Seguridad Social.
- Sacar turno en ANSES:
- Por Internet, hacer clic acá.
- Llamando al Nº 130.
- Para las personas con factura extendida a su nombre:
- Factura extendida por la empresa de servicios fúnebres a nombre del solicitante, donde conste el detalle del servicio prestado con motivo del fallecimiento del titular de la prestación (original y fotocopia).
- Para las Personas con constancia emitida por la Empresa, cooperativa de energía, mutual o sindicato.
- Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, mutual o gremio; firmada y sellada por responsable, donde conste que el solicitante abonó la cobertura de sepelio del titular de la prestación.
- Para los casos en que se haya liquidado la pensión y el derechohabiente no haya cobrado el subsidio y todavía no haya excedido el año del fallecimiento y no haya otras personas que hayan percibido los gastos con factura a su nombre:
- Copia de la Resolución de otorgamiento de la Pensión.
- Formulario PS.6.296 “Declaración Jurada Derechohabiente – Subsidio de Contención Familiar (Decreto Nº 599/06)”.
- Para herederos del causante que no revisten derechohabiente al cobro de la pensión:
- Partidas que acrediten el vínculo con el causante. Original y fotocopia.
- Formulario PS.6.258 “Información Sumaria S” (del solicitante).
- Formulario PS.6.259 “Información Sumaria T” (2 testigos), tramitada en:
- Provincia de Buenos Aires ante Juzgado de Paz competente.
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ante el Registro Civil.
- Restantes provincias, ante los Tribunales del Fuero Civil de Paz según corresponda, declarando si existen otros herederos del causante con derecho a percepción de los haberes impagos como así también la posible existencia de testamento o legado. También será admitida la certificación por autoridad policial o previsional (ANSES).
Todos los formularios mencionados anteriormente los puede completar el solicitante, testigos, o bien por personal de las UDAI, y las firmas deben ser certificadas por Autoridad Judicial, Previsional, Escribano Público o Policía Federal o Provincial.
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Buen dia, el subsidio es solo para familiares de Jubilados y Pensionados, que hallan contratado de
de manera particular un servicio de sepelio. En mi caso, el servicio de sepelio lo realizo la cooperativa de mi ciudad ya que mi papa (54) era el titular del medidor. El NO trabajaba en relación de dependencia. Tiene algo que ver los aporte.
buenas noches, a la fecha de hoy, el reintegro sigue siendo de $4000 nada mas? mi abu fallecio y el mas econmico nos salio $7500. esperro puedan respnder rapido. de todas maneras muchas gracias.
Rodrigo
Si todavía no cambio el monto del subsidio
ok muchas gracias..
Perdón..el subsidio es solo por los gastos de sepelio? Mi padre falleció en rio negro el 19 de enero 2015. Tramite el sepelio a través del municipio ya q el velatorio en forma particular me salia $14000. Y no abone nada. Corresponde algo igual? Algun periodo a cobrar?
natalia
los herederos puede reclamar la parte proporcional del haber de enero subsidio si no pagaron no lo pagan
buenas noches, mi padrino y tio fallecio el 19 pasado, hoy fui a retirar su urnita(era su voluntad) y me entregaron todos los papeles en sobre cerrado, realmente era como mi padre y me shockeo un poco recibir la urna…cdo llego a casa me doy cta la factura decia 4000 pesos cdo pague 11800 pesos, llamo y me dicen no podian ponerme ese importe x pami reintegra 4 sino debo pagar el iva… llame manana…no entiendo que pasa, esta bien? debo pagar mas x reclamar la factura con lo que pague? me da impotencia x siento se aprovechan del dolor…ojala me respondan muchas gracias…
Eva Karina
Eso depende de cuando contrataste el servicio si ello te dicen sale $11.800.- o si sale $11.800.- mas IVA. No pueden decirte que hacen la factura porque es lo que te reintegran, ya que el reintegro es un monto fijo sin interesar cuanto se pague
holoa buenas tardes les hago una consulta mi madre fallecio en febrero de este año ella no era jubilada ni pensionada pero estaba con mi padre q es jubilado a el le corresponde cobrar el subsidio de contencion o alguna pension por los años aportados de mama el ciut de ella era le oorresponde desde ya gracias
jorge
Pensión habría que ver los años aportados y otros temas para ver si le corresponde subsidio por fallecimiento no