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Ganancias cuarta categoría, con el aguinaldo puede cobrar menos sueldo

El cobro del aguinaldo se ha convertido en un gran dolor de cabeza para los empleados y trabajadores con sueldos medios. Es que al ingresar el aguinaldo se incrementa el pago del impuesto a las ganancias que muchos pierden no solo el aguinaldo sino también parte del sueldo del mes de diciembre. El trabajador que gana un sueldo promedio de $7.000.- por mes, con el aguinaldo o bien una gratificación (algunas empresas la dan a fin de año) pasen a cobrar aproximadamente $ 91.000.- entonces esos empleados sufrirán un mayor descuento por el impuesto a las Ganancias de cuarta categoría que significa en algunos casos como que no cobraría la gratificación y/o aguinaldo, llegando a casos en que hasta parte […]

El cobro del aguinaldo se ha convertido en un gran dolor de cabeza para los empleados y trabajadores con sueldos medios. Es que al ingresar el aguinaldo se incrementa el pago del impuesto a las ganancias que muchos pierden no solo el aguinaldo sino también parte del sueldo del mes de diciembre.

El trabajador que gana un sueldo promedio de $7.000.- por mes, con el aguinaldo o bien una gratificación (algunas empresas la dan a fin de año) pasen a cobrar aproximadamente $ 91.000.- entonces esos empleados sufrirán un mayor descuento por el impuesto a las Ganancias de cuarta categoría que significa en algunos casos como que no cobraría la gratificación y/o aguinaldo, llegando a casos en que hasta parte del sueldo de diciembre.

EJEMPLO:

Sueldo   $ 7.000.- pos mes Gratificación extraordinaria $ 3.900.-

Impuesto a las Ganancias 4ta. categoría  debería pagar $ 6.426.-

No cobra la gratificación, tampoco el aguinaldo

Quien no recibe la gratificación extraordinaria tendría un ingreso superior a quien recibe la gratificación.

Ejemplo con la gratificación extraordinaria de $ 3.900.- cobraría en el año $ 80.250.- y si no la cobra $82.775.-

Esto pasa ya que en la última modificación de Ganancias, la tablita de José Luís Machinea (reduce lo que se puede descontar del impuesto mínimo no imponible y las deducciones) a medida que sube el salario, se mantuvo. Y ante un incremento del salario provoca un salto en el pago del Impuesto.

Mientras que los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $ 7.000.- se pueden computar el 100% de las deducciones personales, los que tienen ingresos mensuales de más de $7.001.- y hasta $10.000.- solo pueden computar el 50% de las mismas deducciones. Esos sucede con el cobro del plus, el impuesto crece en una proporcional descomunal, quebrando el principio de la progresividad del impuesto.

El especialista Alejandro López, consultor de La Ley, dice «Lo insólito de este esquema es que puede inducir al empleado en estos niveles salariales a solicitar que no se le incremente el sueldo porque pasaría a percibir un ingreso de bolsillo menor».

También explica que «en diciembre la carga impositiva generalmente es mayor por el impacto del aguinaldo. en estos casos en los que la ganancias se encuentra al límite de la reducción de las deducciones, el empleado se encuentra con la sorpresa de un impuesto excesivo y no se puede hacer nada para disminuir esta carga».

López agrega que «hay que tener en cuenta que la única deducción que queda pendiente para el mes de febrero es la que corresponde a los gastos médicos. En este caso, el empleador reintegrará la diferencia de los impuestos en el mes de marzo»

24 comentarios en “Ganancias cuarta categoría, con el aguinaldo puede cobrar menos sueldo”

  1. Graciela a mi marido esta pasandole eso, no vimos el aguinaldo ni parte del sueldo.
    ¿No existe una figura legal o un recurso de amparo de este tema? Es un robo. Hasta para un embargo de sueldo hay tope y para esto no.
    Saludos

  2. Hola Graciela, me pasó exactamente lo que decís acá, desapareció mi aguinaldo y estoy pidiendo si me pueden bajar el sueldo

  3. Hola Augusto:

    Se salda a fin de año, no se realizan reintegros mensuales.
    Por si te sirve te cuento que en el sitio hay publicada una planilla excel para que calcules tus deducciones.

    gracias

  4. Graciela,
    No se si leeras este mensaje. Te dejo una consulta. En el mes de marzo, recibi una gratificacion y me pase a la categoria donde las deducciones se toman en un 50%, consecuentemente la retencion de gcias aumento bastante.
    En el mes de abril, por mi sueldo, volvi a la categoria anterior donde se toma el 100% de las deducciones. Segun mis calculos me deberian haber devuelto una suma importante, pero no me han hecho ninguna devolucion. Quisiera saber si es correcto o no porque algunos me dicen que eso se puede dejar a cuenta y te lo saldan al fin del año fiscal y otros me dicen que deberia devolverse en el siguiente recibo.

    Gracias.

    PD: Muy util tu blog!

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