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Aportes sindicatos se podrá descontar de Ganancias

La AFIP aprobó la Resolución General Nº 2362, mediante la cual los trabajadores que paguen mensualmente impuesto a las Ganancias, se incluirá una nueva deducción en las liquidaciones del impuesto. Los trabajadores que aportan a los sindicatos (empleados de comercios, UOMRA, UOCRA,etc.) podran deducir el importe, que hasta el momento no se podía descontar. Los especialistas consultados plantean que este descuento, que impacta en la liquidación del tributo, podría ser retroactivo a enero de 2007 aún cuando la norma no lo indica expresamente. De ser coincidente esta interpretación con el criterio de las autoridades fiscales, se abren interrogantes sobre posibles ajustes o reintegros. Por otra parte, tal como sucede con las AFJP donde existen aportes obligatorios y voluntarios, para el […]

La AFIP aprobó la Resolución General Nº 2362, mediante la cual los trabajadores que paguen mensualmente impuesto a las Ganancias, se incluirá una nueva deducción en las liquidaciones del impuesto.

Los trabajadores que aportan a los sindicatos (empleados de comercios, UOMRA, UOCRA,etc.) podran deducir el importe, que hasta el momento no se podía descontar.

Los especialistas consultados plantean que este descuento, que impacta en la liquidación del tributo, podría ser retroactivo a enero de 2007 aún cuando la norma no lo indica expresamente. De ser coincidente esta interpretación con el criterio de las autoridades fiscales, se abren interrogantes sobre posibles ajustes o reintegros.
Por otra parte, tal como sucede con las AFJP donde existen aportes obligatorios y voluntarios, para el caso de la cuota sindical también es posible ingresar un monto «voluntario». En este caso, ese importe puede jugar a favor del empleado en la liquidación del impuesto.

Si bien la resolución no lo aclara expresamente, al ser Ganancias un impuesto de liquidación anual, se estima que la medida debería ser retroactiva a enero de 2007. En ese caso, los efectos correrían para todo el año en curso y se verían reflejados cuando se liquide el mes de diciembre.

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8 comentarios en “Aportes sindicatos se podrá descontar de Ganancias”

  1. En que items de la tabla de calculo puedo incorporar la cuota sindical para que la tomo como corresponde porque ni hay columna para ello. Tambien me descuentan sobre una ley 19032? tambien puedo computarla ?
    Espero su respuesta.
    Muchas Gracias.

  2. Hola Eduardo:

    Los importes de las cuotas con destino a las asociaciones sindicales serán deducibles a los efectos de la determinación del monto sujeto a retención.
    Se entiende por cuotas sindicales aquellas correspondientes a las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados y a las contribuciones de solidaridad pactadas en los términos de la ley de convenciones colectivas, conforme a lo establecido en el artículo 37 de la ley 23551.

    La deducción fue incorporada por la Resolución General 2362/07 y es de aplicación a partir del período fiscal 2007.

    gracias

  3. Quisiera saber si hay alguna presición acerca de a partir de cuando se aplicará esta dedución, ya que en la empresa que trabajo no lo han aplicado a todo el 2007 (solo diciembre) porque dicen no tener información oficial, y ademas si lo saben podrían decirme si los aportes realizados al fondo compensador sindical son computables para este beneficio. Gracias.

  4. Hola Marcelo:

    Esta medida ya es efectiva, y el valor del sindicato no hace falta formulario 572 ya que la empresa sabe el importe que te descuenta.

    gracias

  5. querria saber si esta medida ya fue hecha efectiva, porque en la planilla del año 2007 que me entregaron en el trabajo, no estan descontados los aportes sindicales….al figurar en el recibo de cobro, no debemos descargar el valor del aporte sindical en el formulario 572?

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