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Monotributistas podrán seguir utilizando las Facturas hasta «Agotar Stock»

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, finalmente confirmó que emitirá la Resolución General Nº 3.704, mediante la cual amplia el plazo para que los Monotributistas continúen utilizando las facturas “C” que manó a imprimir con anterioridad al 31 de octubre de 2014. Los pequeños contribuyentes pueden usar los talonarios viejos hasta que se le terminen, debiendo informar al fisco los datos de dichos comprobantes por Internet. Finalmente la AFIP autoriza a los Monotributistas a seguir utilizando los talonarios de facturas impresos antes del 1º de noviembre de 2014 hasta hasta «agotar stock». Recordamos que la AFIP mediante las resoluciones Nº 3.665 y 3.666 emitidas en septiembre pasado, obligan a los Monotributistas a pedir autorización al organismo para mandar […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, finalmente confirmó que emitirá la Resolución General Nº 3.704, mediante la cual amplia el plazo para que los Monotributistas continúen utilizando las facturas “C” que manó a imprimir con anterioridad al 31 de octubre de 2014. Los pequeños contribuyentes pueden usar los talonarios viejos hasta que se le terminen, debiendo informar al fisco los datos de dichos comprobantes por Internet.

Finalmente la AFIP autoriza a los Monotributistas a seguir utilizando los talonarios de facturas impresos antes del 1º de noviembre de 2014 hasta hasta «agotar stock».

Recordamos que la AFIP mediante las resoluciones Nº 3.665 y 3.666 emitidas en septiembre pasado, obligan a los Monotributistas a pedir autorización al organismo para mandar a imprimir sus facturas tal cual lo hacían los Responsables Inscripto, RI. Las mismas llevarán fecha de vencimiento y el Código de Autorización de Impresión, CAI, que hasta el momento tenían las facturas “A” y “B”.

Y los pequeños contribuyentes tenían plazo para continuar utilizando el talonario de facturas “C” hasta el 31 de diciembre de 2014, pero ahora con la nueva normativa, la AFIP, autoriza a continuar utilizándolas hasta que se les acabe. debiendo informar los datos de las mismas.

Por lo que aquellos Monotributistas que deseen y todavía no mandaron a imprimir sus nuevas facturas, deben seguir los siguientes pasos:

  • Ingresar a la página www.afip.gob.ar, colocar Nº de CUIT y “Clave Fiscal”, con Nivel de seguridad como mínimo 2.
  • El servicio denominado «Autorización de Impresión de Comprobantes», de no tenerlo incorporado se debe cargar a través del “Administrador de Relaciones”.
  • Opción «Régimen de Información de comprobantes en existencia».

Es importante que cumplan con esta obligación antes del 31 de marzo de 2015, ya que de lo contrario serán pasibles de sanciones iguales a las de no presentar las Declaraciones Juradas, DDJJ, informativas.

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