La siguientes tabla muestra los importes acumulados mes por mes de la deducciones permitidas por la AFIP según la Resolución General Nº 2299/07.
IMPORTES DE LAS DEDUCCIONES ACUMULADAS CORRESPONDIENTES A CADA MES
PERIODO FISCAL 2007 y siguientes
(Según Anexo I – Resolución General de la AFIP No 2299/71)
IMPORTE ACUMULADO A …. |
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Enero | Febrero | Marzo | Abril | Mayo | Junio | |
$ | $ | $ | $ | $ | $ | |
A) Ganancias no imponibles (art.23,inc.a) | 625.00 | 1250.00 | 1875.00 | 2500.00 | 3125.00 | 3750.00 |
B) Deducción x carga de familia (art.23,inc.b). Máximo de entrada netas de los familiares a cargo durante el periodo fiscal que se indica para que se determine la deducción: | 625.00 | 1250.00 | 1875.00 | 2500.00 | 3125.00 | 3750.00 |
1 – Cónyuge | 667.00 | 1334.00 | 2001.00 | 2668.00 | 3335.00 | 4002.00 |
2 – Hijo | 333.00 | 666.00 | 999.00 | 1332.00 | 1665.00 | 1998.00 |
3 – Otras cargas | 250.00 | 500.00 | 750.00 | 1000.00 | 1250.00 | 1500.00 |
C) Deducción especial (art. 23 inc.c) art.79 inc.e)) | 625.00 | 1250.00 | 1875.00 | 2500.00 | 3125.00 | 3750.00 |
D) Deducción especial (art. 23 inc.c) art.79 inc.a),b) y c)) | 3000.00 | 6000.00 | 9000.00 | 12000.00 | 15000.00 | 18000.00 |
E) Primas seguros (art. 81 inc.b)) (1) | 83.01 | 166.02 | 249.03 | 332.04 | 415.05 | 498.06 |
F) Gastos de sepelio (art. 22 ) (1) | 83.01 | 166.02 | 249.03 | 332.04 | 415.05 | 498.06 |
G) Planes de seguro de retiro (art. 81 inc.continuac. d) (2) | 105.10 | 210.20 | 315.30 | 420.40 | 525.50 | 630.60 |
IMPORTE ACUMULADO A …. |
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Julio | Agosto | Septiemb | Octubre | Noviemb | Diciemb | |
$ | $ | $ | $ | $ | $ | |
A) Ganancias no imponibles (art.23,inc.a) | 4375.00 | 5000.00 | 5625.00 | 6250.00 | 6875.00 | 7500.00 |
B) Deducción x carga de familia (art.23,inc.b). Máximo de entrada netas de los familiares a cargo durante el periodo fiscal que se indica para que se determine la deducción: | 4375.00 | 5000.00 | 5625.00 | 6250.00 | 6875.00 | 7500.00 |
1 – Cónyuge | 4669.00 | 5336.00 | 6003.00 | 6670.00 | 7337.00 | 8000.00 |
2 – Hijo | 2331.00 | 2664.00 | 2997.00 | 3330.00 | 3663.00 | 4000.00 |
3 – Otras cargas | 1750.00 | 2000.00 | 2250.00 | 2500.00 | 2750.00 | 3000.00 |
C) Deducción especial (art. 23 inc.c) art.79 inc.e)) | 4375.00 | 5000.00 | 5625.00 | 6250.00 | 6875.00 | 7500.00 |
D) Deducción especial (art. 23 inc.c) art.79 inc.a),b) y c)) | 21000.00 | 24000.00 | 27000.00 | 30000.00 | 33000.00 | 36000.00 |
E) Primas seguros (art. 81 inc.b)) (1) | 581.01 | 664.08 | 747.09 | 830.10 | 913.11 | 996.23 |
F) Gastos de sepelio (art. 22 ) (1) | 581.01 | 664.08 | 747.09 | 830.10 | 913.11 | 996.23 |
G) Planes de seguro de retiro (art. 81 inc.continuac. d) (2) | 735.70 | 840.80 | 945.90 | 1051.00 | 1156.10 | 1261.16 |
(1) La publicación oficial de la tabla según la Resolución General Nº 2299/07 de la AFIP, no contienen el importe de estas deducciones, lo escrito es el monto según la Resolución general de la AFIP Nº 758/00.
(2) La publicación oficial de la tabla según la Resolución General Nº 2299/07 de la AFIP, no contienen el importe de esta deducción, lo escrito es el monto según la Resolución general de la DGI Nº 4139/96.
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Gracias Graciela, pero me queda una duda, segun lo que me dices puedo deducir los 36000, pero como mis ingresos superan los 91000 me permiten deducir todo los 36000 o solo el 50 por ciento?
Muchas gracias de nuevo
Hola Miguel:
Tene en cuenta que este calculo es mucho mas complejo, pero a groso modo y para que tengas una estimación:
Ingreso anual $108.000 menos deducciones: especial 36000.- conyuge, hijo (que no hallan percibido en el año mas de $7.500.- por ningín concepto) 8000.- y 4000, servicio domestico 4500.- Ganancia neta $55.500.- el descuento es $4200.- mas el 23% de 25.500.- = 5865.- PAGO GANANCIA $ 10.065.-
en este sitio hay una publicación mas actualizada con las tablas correpsondiente.
muchas gracias
Hola Graciela:-
TEngo una jubilacion de mi actividad profesional y otra por mi desempeño en un colegio estatal. Entre ambas el ingreso anual es de 108.000, (deducido el aporte a las obras sociales correspondientes). Que deducciones me corresponden (soy casado y tengo una hija de 16 años), ademas tengo 1 personal domestico con aportes, que insumio en el año 2007 unos 4500 pesos.- Sobre que ganancia neta debo aplicar la escala? Gracias
Hola Luis:
Impuesto a las ganancias se empieza a descontar apenas ingresar al trabajo y tenes una ganancia neta. el formulario 572 es para que declares y en base a eso te realizan los descuentos permitidos y te descuentan menos. Ejemplo seguro de vida, cuotas intereses creditos hipotecarios, Cuota auto NO. Si ese importe es bruto y no tenes nada más que descontar, el calculo e smucho mas completo y complejo, pero aproximado te descontarian en el més de enero $70.- Solo es estimado ya que para realizar el descuento me falta todos los elementos necesarios.
muchas gracias
hola soy luis:
mi consulta es la siguiente.:
tengo 22 años,soy soltero,sin hijos.
yo empeze a trabajar el 21 de enero del 2008.. mi sueldo es de 4.500$ al mes, pero todavia sin haber cobrado un centavo,el 31 de enero del 08″ ya me dieron el famoso formulario 572, mi pregunta es la siguiente: todavia sin tener un año de antiguedad me corresponde el impuesto a las ganacias o sin haber cobrado mi primer sueldo, me corresponde pagar el impuestos a las ganancias, y si es asi, cuanto sera deducido de mi sueldo??, ya q al no estar casado y no tener hijos no puedo declarar nada… pero si estoy pagando la cuota de un auto 0 KM. la cual es de 550$ pesos mensuales. puedo declarar tal cuota de mi auto?? bueno eso es todo espero q me puedan ayudar.. desde ya muchas gracias.
ATTE: Luis