Las personas que hayan cumplido la edad jubilatoria, la cual es de 60 años para las mujeres y de 65 para los hombres, y posean todos los 30 años de servicio aportados puramente como autónomo tienen la oportunidad de tramitar su jubilación por Internet mediante la página oficial de la ANSES (www.anses.gob.ar). En este artículo, el sitio de noticias Econoblog.com.ar detalla los pasos a seguir para realizar dicho trámite de forma online sin la necesidad de contratar a un gestor.
Los pasos a seguir para iniciar el trámite de jubilación como autónomo por Internet son los siguientes:
- Actualizar los datos que figuras en la Base de Datos del organismo previsional. Para ello es necesario ingresar en www.anses.gob.ar y dirigirse a la sección «Mi ANSES», en la cual se debe ingresar con el número de CUIL / CUIT y la Clave de Seguridad Social (que se puede sacar siguiendo ESTE instructivo). En caso de que los datos no estén ingresados en el sistema, el futuro jubilado deberá dirigirse a una de las oficinas de ANSES.
- Realizar la liquidación de su situación como trabajador autónomo puro mediante el SICAM en la página de AFIP (www.afip.gob.ar), para lo cual se necesita tener la Clave Fiscal.
- Volver a «Mi ANSES», hacer clic sobre «Gestión» y entrar a «Jubilación automática de autonomos», dónde se debe completar el formulario que muestra el sistema.
Un dato a tener en cuenta es que los que excedan la edad jubilatoria pueden compensar un año de servicio por cada dos años de edad excedentes.
La documentación a presentar por aquellas personas que deseen realizar el trámite personalmente en alguna de las delegaciones del organismo es la siguiente:
- Documento Nacional de Identidad del titular. En caso de no tenerlo se debe presentar la constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS.6.284 «Declaración Jurada (DDJJ) sobre la eventual percepción de prestación no adheridas al SIPA o en FF.AA.» firmado por el titular.
- Formularios 558/A – 558/B y 558/C «Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de
Revista Autónomos – Declaración Jurada – SICAM” (Sistema de Información para
Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Este documento debe ser impreso por el sitio de AFIP. - Si la cancelación de la deuda no está registrada en SICAM, es necesario presentar el comprobante de pago emitido por el banco.
- En caso de desempeñar tareas como servicio doméstico se requiere la presentación del Formularios 558/A – 558/B y 558/C «Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de
Revista Autónomos – Declaración Jurada – SICAM» (Sistema de Información para
Contribuyentes Autónomos y Monotributistas), el cual se imprime por la página de AFIP. - Boletas originales y fotocopias de los pagos autónomos y de monotributo (si correspondiera) incorporados al sistema SICAM.
Recordemos que aquellas personas que tengan 59 (las mujeres) ó 64 años (los hombres) y posean todos los 30 años o más de aportes registrados en el sistema pueden tramitar la jubilación 120 días antes de cumplir la edad jubilatoria de la mano del Plan «Feliz Cumpleaños». Con dicho programa, el beneficiario podrá cobrar su primera jubilación en la fecha de su cumpleaños.
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