La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sigue avanzando en su lucha contra los evasores. Por lo cual, tras finalizar tareas de inteligencia, el organismo recaudador enviará nuevas intimaciones para realizar fiscalizaciones electrónicas. Esto es porque se ha establecido que los contribuyentes podrán quedar excluidos de pleno derecho del Monotributo cuando se detecte una de las situaciones que detallamos en este artículo.
La AFIP excluirá del Régimen Simplificado (RS) cuando detecte que un contribuyente a realizado una de las siguientes cosas:
- Compre bienes o hagan gatos personales por una suma equivalente o superior al monto de ingresos brutos anuales máximos para la categoría en la cual están registrados.
- Registre depósitos bancarios, debidamente depurados, por un monto igual a superior a los ingresos brutos anuales máximos admitidos en su categoría.
La persona que reciba una notificación de que queda excluido del Monotributo puede presentar un descargo en la forma, plazos y condiciones correspondientes. En caso de hacerlo se deberá adjuntar la documentación que le permita demostrar que:
- Las compras o los gastos fueron abonados con ingresos acumulados en ejercicios anteriores y/o con ingresos adicionales a los que ha obtenido por las actividades incluidas en el RS.
- Que el dinero depositado corresponde a:
- Ingresos acumulados en ejercicios anteriores.
- Ingresos adicionales a los generados por las actividades incluidas en el RS.
- Terceras personas. Este caso se puede deber a cuentas bancarias que operan como cuentas recaudadoras o administradoras de fondos de terceros.
- De cotitulares de cuentas.
Recordemos que el día de ayer venció el plazo para realizar la recategorización cuatrimestral del Régimen Simplificado y, cumpliendo con el calendario de vencimientos de AFIP, el lunes 26 de enero de 2015 vence la declaración informativa del Monotributo.
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