Aquellos empleadores de trabajadores de Casas Particulares debe prestar mucha atención al momento de informar el cese de la relación laboral a la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante www.afip.gob.ar. En este artículo, el sitio de noticias Ecobonlog.com.ar detalla los pasos que se deben seguir para pagar los aportes de la liquidación final de Servicio Doméstico utilizando el Formulario 1350.
Desde el mes de octubre del año pasado, los aportes de la liquidación final del servicio doméstico deben ser pagados con el Formulario 1350 de AFIP, el cual se puede bajar ingresando AQUÍ. Es obligatorio utilizar dicho documento y no el F102/B, el cual se utiliza mensualmente para pagar las cargas sociales.
A diferencia de lo que sucede con los aportes y contribuciones mensuales, la liquidación final debe ser pagada por Internet utilizando un Volante Electrónico de Pago (VEP), lo cual se puede hacer siguiendo los pasos que se detallan en la guía que se encuentra ACÁ.
No se les tomará la baja a aquellas personas que cometieron el error de pagar la liquidación final de su empleada doméstica con el Formulario 102. En dichos casos es recomendable presentar una multinota en AFIP con los pagos para reclamar que le tomen en cuenta su pago.
Una vez efectuado el pago, la baja del servicio doméstico debe ser notificada al organismo recaudador siguiendo ingresando en este enlace.
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Perdón, otra pregunta: siempre en referencia al F 1350, primero se genera el vep y después se da de baja la relación laboral en la página de AFIP o es exactamente al revés? leí opiniones contradictorias en referencia a esto. Muchas gracias.
Mónica sino generas y pagas VEP no te permite dar la baja
Muy bueno el blog. Algunas consultas:
1) El Formulario 1350 por cese de la relación laboral (renuncia en este caso) es el mismo donde se hace constar la liquidación final (aguinaldo proporcional, vacaciones no gozadas, etc.)? lo consulto porque en el art 22 de la ley dice: «Recibo. Prohibición de renuncias. El recibo no deberá contener renuncias de ninguna especie, ni podrá ser utilizado para instrumentar la extinción de la relación laboral o la alteración de la calificación profesional en perjuicio de la empleada/o. Toda mención que contravenga esta disposición será nula». Esto me hace dudar.
2) El formulario 1350 se puede imprimir, completar a mano y pagar el VEP por homebanking?
Lamentablemente, no encontré un solo blog que explique bien esto ni ningún instructivo de cómo completarlo.
Muchas gracias.
Mónica Este articulo se refiere a alguna renuncia de los beneficios que le corresponden al trabajador, no a la liquidación final ok? sipodes bajarlo e imprimir para su firma pero debe ser pagado si o si por VEP
http://www.econoblog.com.ar/24688/montos-y-formularios-para-pagar-aportes-y-la-art-de-las-empleadas-de-servicio-2014/
Cuál es el plazo para el pago de los aportes por el fin de la relación laboral? No pude encontrar por ningún lado cuánto tiempo tiene el empleador para ingresarlos.
Guillermo sucede que tenes 5 días para dar la baja del trabajador y si no tenes el pago no podes hacerla
Comentario:hola trabaje del 2013 hasta el 31/12/16, como personal para tareas generales, me despidieron, me corresponde indemnizacion?.
Si el despido es sin causa justa, si, deben pagarte indemnización
Buenos días,
Ante renuncia del empleada domestica se completa el F1350 ?
Se paga con ese mismo la última liquidación con el aporte correspondiente?
Stella SI
Hola, no encuentro en afip cómo generar el F1350
Si descargo el pdf está protegido y no se puede imprimir
Di la baja del personal, pude generar y pagar el VEP por las contribuciones, pero no se cómo hacer la liquidación final.
Dicho formulario es exclusivo para compeltarlo y pagar por Internet