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Pago adicional por título para Empleados de Comercio de Agencias de Viajes

El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 no establece que se deba pagar un adicional por título para los Empleados de Comercio, lo cual no descarta que el empleador y trabajador lleguen a un acurdo para que así sea (algo que es muy poco frecuente). Sin embargo, el CCT 547/08 indica en el artículo 12, inciso c, que los Empleados de Agencias de Viajes deben cobrar un plus salarial en los casos que detallamos a continuación. Los empleados de comercio de Agencias de Viaje tienen derecho al cobro de un adicional por título profesional en los siguientes casos: 2,5% del salario básico convencional: Cuando se trate de títulos de grado en carreras específicas de turismo de nivel terciario. 5% del salario […]

El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 no establece que se deba pagar un adicional por título para los Empleados de Comercio, lo cual no descarta que el empleador y trabajador lleguen a un acurdo para que así sea (algo que es muy poco frecuente). Sin embargo, el CCT 547/08 indica en el artículo 12, inciso c, que los Empleados de Agencias de Viajes deben cobrar un plus salarial en los casos que detallamos a continuación.

Los empleados de comercio de Agencias de Viaje tienen derecho al cobro de un adicional por título profesional en los siguientes casos:

  • 2,5% del salario básico convencional: Cuando se trate de títulos de grado en carreras específicas de turismo de nivel terciario.
  • 5% del salario básico convencional: Cuando se trate de una licenciatura universitaria.

En cualquiera de los dos casos la institución educativa, la cual puede ser pública o privada, debe ser reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación Argentina y su currícula tiene que exigir al menos tres años de estudio.

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5 comentarios en “Pago adicional por título para Empleados de Comercio de Agencias de Viajes”

  1. Hola, soy empleada administrativa de una local de comercio, bajo el convenio de empleados de comercio que vende e importa controladores fiscales. Hace un año me recibi de un terciario en Técnico Superior en Comercio Internacional y aduanas y me encargo del sector de comercio exterior e importaciones.
    Deberian pagarme mas por tener el titulo? se paga retroactivo por todo este año que no recibi el aumento? En que ley estan escritas estas clausulas o de donde puede obtener informacion para presentar y solicitar lo adeudado?
    Muchas gracias de antemano si me pueden ayudar con este caso ya que seria de gran ayuda.

  2. Buenas yo estoy trabajando para una empresa privada como empleado de comercio y tengo el título de ingeniero agrónomo. No me correspondería pedir el aumento por el título cierto?

    1. Pablo, siempre y cuando en la empresa utilices el titulo o trabajas en una sesión acorde al titulo, si deberían pagartelo

  3. Estoy trabajando en un empleo hace unos meses y no sabia que se tenia que abonar por titulo, en ese caso ya que lo he reclamado, deben abonarme como retroactivo los meses que no me pagaron ?? agradeceria si pueden responder esta duda.. Saludos

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