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AFIP: Aumento de la cuota de Autónomos de marzo de 2015

Este mes, tal como indica la Ley de Movilidad Jubilatoria, las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se elevarán en un 18,26%. Este incremento producirá un aumento de la cuota de autónomos de marzo de 2015, el cual se pagará en abril. Además, esto incidirá en las prepagas, que subirán en un 4%, y en la carga fiscal que recae sobre los asalariados. El aumento del aporte de autónomos es para las obligaciones devengadas en el mes de marzo , cuya obligación de pago vencerá a principios de abril. Es por esta razón que no habrán cambios en los montos que se abonarán en los próximos días cumpliendo con el calendario de vencimientos de AFIP. Al igual […]

Este mes, tal como indica la Ley de Movilidad Jubilatoria, las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) se elevarán en un 18,26%. Este incremento producirá un aumento de la cuota de autónomos de marzo de 2015, el cual se pagará en abril. Además, esto incidirá en las prepagas, que subirán en un 4%, y en la carga fiscal que recae sobre los asalariados.

El aumento del aporte de autónomos es para las obligaciones devengadas en el mes de marzo , cuya obligación de pago vencerá a principios de abril. Es por esta razón que no habrán cambios en los montos que se abonarán en los próximos días cumpliendo con el calendario de vencimientos de AFIP.

Al igual que para los haberes jubilatorios nacionales, el aumento del aporte mensual destinado a ANSES será del 18,26%.

Según informó el Diario La Nación, esto hará que la Categoría I pase de 599,48 a 708,95 pesos. En este grupo se encuentran aquellos que prestan servicios y poseen una facturación anual no mayor a 20.000 pesos y quienes realizan otras actividades y su facturación no exceda los 25.000 pesos.

La Categoría II, en la cual se encuentran los contribuyentes con cifras que superan a las anteriormente mencionadas, la cuota pasará de 839,28 a 992,53 pesos.

Por el momento, el organismo recaudador no ha publicado los valores de cada categoría. Sin embargo los contribuyentes que deseen ver la tabla con los montos estimativos pueden ingresar AQUÍ.

Cabe señalar que estos valores estarán vigentes hasta septiembre, mes en el cual se aplicará el segundo aumento anual que prevé la Ley de Movilidad Jubilatoria.

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