Previamente a realizar la transferencia, negociación u oferta de una propiedad con una valuación que no exceda los 600.000 pesos es obligatorio tramitar el Código de Transferencia de Inmuebles (COTI). Este este trámite, el cual es un requisito de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), debe ser realizado de forma online mediante la página www.afip.gob.ar utilizando su Clave Fiscal.
El titular, condómino o representante legal de un sujeto residente en el exterior puede tramitar el Código de Transferencia de Inmuebles en AFIP por Internet de una manera muy sencilla. O bien, cualquiera de estas personas puede autorizar a la inmobiliaria que se está encargando de realizar la operación.
Tramitar COTI por una inmobiliaria
- Es necesario que se realice una autorización fehaciente por parte del titular o condómino del inmueble a favor de la inmobiliaria. La misma tiene que ser realizada por escrito y debe contener la siguiente información:
- Identificación del inmueble.
- Ubicación de la propiedad.
- Valor fijo o estimado de la negociación, oferta o transferencia con el tipo de moneda.
- En caso de corresponder, identificación de los condóminos con sus números de CUIT, CUIL o CDI y el porcentaje de titularidad de cada uno de ellos.
Tramitar COTI por cuenta propia
- Ingresar en la página web www.afip.gob.ar.
- Entrar en «Acceso con Clave Fiscal» e ingresar el número de CUIL o CUIT y la Clave Fiscal.
- Seleccionar el servicio «Transferencia de
Inmuebles». - Elegir la opción «COTI».
- Completar los datos requeridos por el sistema.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.