Los ciudadanos argentinos tienen la oportunidad de acreditar a su conviviente en la Administración Nacional de la Seguridad Social mediante la presentación de la Declaración Jurada de Convivencia. Este trámite es muy importante dado que con el mismo se facilita el acceso a posibles derechos para solicitar una pensión. En este artículo, EconoBlog.com.ar detalla los requisitos para acreditar el vínculo de concubino en ANSES.
El requisito para acreditar el vínculo de concubino para las las personas que hayan realizado este trámite con otra pareja anteriormente se acredita presentando la Declaración Jurada de Convivencia en ANSES y comprobando la finalización del vínculo previamente registrado. El trámite se considera iniciado una vez que se firma dicho documento.
La documentación que se debe presentar para acreditar el concubinato es la siguiente:
- Instrumento público en el cual se indique la declaración de la relación de la convivencia o concubinato formulada por el causante o ambos concubinos. Esto se debe presentar en original y copia.
- Información sumaria judicial tramitada por la/el conviviente-derechohabiente junto a dos testigos en una de las delegaciones de ANSES y demás terceros interesados cuya existencia se conociere. Se tiene que presentar en original y copia.
- Formulario Declaración Jurada de Convivencia presentado ante el organismo previsional.
- En caso de un matrimonio de argentino/s celebrado en el exterior entre las fechas 01/03/1956 y el 21/06/1987 se debe presentar la partida, certificado o acta de matrimonio. El documento debe ser traducido y legalizado o apostillado en original y copia.
La documentación y requisitos para acreditar el concubinato solicitando una pensión en ANSES es la siguiente:
- Información sumaria judicial o administrativa en original y copia junto a dos testigos.
- Comprobante de Obra Social del titular en el cual figure como beneficiario el/la concubina. Esto debe ser presentado en original y copia.
- DNI de ambos en el cual se demuestre que poseen el mismo domicilio. En caso de muerte del titular de la jubilación sólo se requerirá la presentación del Documento Nacional de Identidad del/de la solicitante en el cual debe figurar el mismo domicilio que en la Partida de Defunción o en la base de datos del organismo previsional. Todo ello se tiene que presentar en original y copia.
- Orden de Pago Previsional (OPP) o Comprobante de Pago Previsional (CPP) en el cual el/la conviviente figure como apoderado, ya sea para realizar el cobro o trámites. Esto se tiene que presentar en original y copia.
- Partida de Nacimiento de hijos en común, los cuales deben ser reconocidos por ambos convivientes. Esto también se tiene que presentar en original y copia.
Las pruebas admitidas, que se tienen que presentar en original y copia, para acreditar el mismo domicilio son:
- Póliza de seguro en el cual el/la concubino/a debe figurar como beneficiario/a.
- Contrato de locación de la vivienda debidamente sellado y timbrado en el cual figuren los nombres de ambos.
- Resúmenes de tarjetas de crédito en el cual se demuestra el mismo domicilio o que son cotitulares de las mismas.
- Documentación correspondiente a la cuenta corriente y/o caja de ahorro del Banco en el cual se demuestra su domicilio o que ambos son cotitulares.
- Servicios públicos a nombre del/de la conviviente.
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Hola.
Muy bueno lo de tener los comentarios activos.
Te explico, soy trabajador y tengo obra social SMATA. Quiero hacer el documento de concubinato para que mi novio tenga mi obra social (el no tiene ninguna). Pero me da miedo que para eso tenga que presentar alguna documentación en mi trabajo o si ahí van a saber que afilie un concubino a la obra social. Parece una tonteria pero trabajo en un ambito/rubro muy machista y no se que tan bien veran la union de personas del mismo sexo y no quiero que eso sea problema.
Gracias.
tengo 20 años con mi pareja soy extranjera y el es Argentino nos queremos casar. Cuales son los requisitos para legalizar el concubinato?
LUZ Si te queres casar para que queres legalizar el concubinato???
Hola soy graciela mi pregunta ,,,se puede hacer el concubinato ,,,,estando casada con otra persona ,,,,???me case e el 99 y ahora esty en pareja
donde tengo que ir en el partido de Pilar, provincia de Buenos Aires, para hacer el tramite de concubinato?
donde tengo que ir en el partido de Pilar, provincia de Buenos Aires, para hacer el tramite de concubinato?
Para solicitar el certificado de concuvinato hay que demostrar que una de las partes esta divorciada o se lo dan igual?
Lorena Se lo dan igual, deben demostrar que conviven