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ANSeS: Cambio de apoderado para cobrar jubilación o pensión

Los jubilados y/o pensionados pueden designar a una persona para que realice el cobro de sus haberes y/o trámites en las delegaciones de ANSeS a su nombre. Los que hayan efectuado dicho trámite y necesiten hacer el cambio del apoderado para cobrar jubilación o pensión deben hacerlo personalmente en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del organismo previsional más cercana a su domicilio. El trámite de cambio de apoderado de un jubilado y/o pensionado debe ser realizado por el titular de la prestación previsional en la oficina de ANSeS más cercana a su domicilio sin solicitar un turno previo. Al momento de efectuarlo, el adulto mayor debe ir acompañado de la nueva persona que desea designar y su […]

Los jubilados y/o pensionados pueden designar a una persona para que realice el cobro de sus haberes y/o trámites en las delegaciones de ANSeS a su nombre. Los que hayan efectuado dicho trámite y necesiten hacer el cambio del apoderado para cobrar jubilación o pensión deben hacerlo personalmente en la Unidad de Atención Integral (UDAI) u oficina del organismo previsional más cercana a su domicilio.

El trámite de cambio de apoderado de un jubilado y/o pensionado debe ser realizado por el titular de la prestación previsional en la oficina de ANSeS más cercana a su domicilio sin solicitar un turno previo. Al momento de efectuarlo, el adulto mayor debe ir acompañado de la nueva persona que desea designar y su Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta Argenta.

Cabe señalar que cada jubilado / pensionado puede contar con hasta dos apoderados, uno para cobrar la jubilación / pensión y el otro para realizar trámites.

En caso de querer hacer el cambio de domicilio del apoderado es posible realizarlo de las siguientes maneras:

  • Personalmente: En la UDAI más cercana.
  • Telefónicamente: Es necesario comunicarse al número de teléfono 130 de lunes a viernes, en el horario de las 8:00 a 20:00 horas.
  • Por Internet: Ingresando en el portal del origenismo previsional con la Clave de la Seguridad Social.

Una vez realizado el cambio de domicilio, el mismo se hará efectivo en aproximadamente noventa días.

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334 comentarios en “ANSeS: Cambio de apoderado para cobrar jubilación o pensión”

  1. Buenas tardes para el cambio de apoderado tengo que llevar la carta de poder q luego la tiene q firmar el banco ? Gracias

    1. El banco no, el nuevo apoderado recién puede cobrar cuando su nombre aparezca en el recibo de haberes

  2. Yo soy apoderada de mi madrastra que esta i ternad, por problemas familiares prefiero dejar de serlo. Como se hace?

  3. Buenos días, mi pregunta es si se puede hacer cambio de apoderado desde la página web. O hay que hacerlo de manera presencial y en el caso de que el jubilado no pueda moverse, cómo se hace el trámite. Gracias

    1. Se hace presencial, y con turno previo Sino puede trasladarse, depende del tipo de imposibilitad que tenga es el trámite

  4. Mi padre se encuentra postradbajo escribano me nombro su apoderada cmo reboco el poder de la persn que figura en anses

Los comentarios están cerrados.

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