Hasta el último día hábil del mes de diciembre, los titulares de la Asignación Universal por Hijo tienen tiempo de presentar la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación en una de las oficinas de ANSES, lo cual requiere solicitar un turno previo. Aquellas personas que no cuenten con la libreta pueden bajar e imprimir el Formulario PS 1.47, el cual reemplaza la misma, desde el sitio www.anses.gob.ar.
Esta prestación puede ser tramitada por los padres de hijos menores de edad que estén desocupados, trabajen en negro que perciban menos del Salario Mínimo Vital y Móvil, monotributistas sociales, empleados de servicio doméstico, trabajadores por temporada o titulares de los siguientes planes sociales: Argentina Trabaja, Ellas Hacen, Manos a la Obra, Jóvenes con Más y mejor Trabajo, Programa de Trabajo Autogestionado, Programa Promover la igualdad de Oportunidades y Seguro de Capacitación y Empleo. El organismo previsional posee un máximo de 5 hijos priorizando a los hijos discapacitados, quienes cobran un monto especial, y a los de menor edad.
Mensualmente, ANSeS abona un 80% de la prestación. El 20% restante es pagado entre 30 y 90 días posteriores a la presentación de la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación o el Formulario PS 1.47 debidamente cumplimentado. En dicho documento se demuestra que el beneficiario ha asistido a clases, que cuenta con el régimen de vacunación del calendario nacional difundido por el Ministerio de Salud y que recibió recibió los controles médicos correspondientes.
Los pasos a seguir para descargar el Formulario PS 1.47 de la Asignación Universal por Hijo son los siguientes:
- Ingresar en la dirección web www.anses.gob.ar.
- Pasar el mouse sobre la opción «Presentaciones y servicio» del menú superior.
- Seleccionar «Asignaciones familiares».
- Elegir «Asignación universal por hijos» del menú izquierdo.
- Descargar el archivo «PS 1.47 – AAFF Asignación Universal – Salud, Educación y Declaración Jurada». El mismo se encuentra en formato PDF.
Otra manera de descargar este formulario es ingresando AQUÍ.
Una vez descargado, el documento debe ser impreso para ser completado por las autoridades correspondientes, el médico del niño o adolescente y la escuela a la cual asiste a clases. Luego, el padre o tutor tiene que sacar un turno en ANSES para presentar el formulario de la Asignación Universal por Hijo, lo cual se puede hacer por teléfono al 130, por Internet en www.anses.gob.ar o por mensaje de texto.
Un dato a tener encuentra es que esta presentación debe ser realizada personalmente y no se puede hacer de forma online.
Recordemos que aquellas personas que no cumplan con la presentación de la Libreta o del Formulario PS 1.47 en ANSES serán excluidos del beneficio y perderán el dinero retenido mensualmente.
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Empece a cobrar AUH hace tres anios y hace un anio que me lo suspendieron, nunca presente el formulario de vacunas por ignorancia ( a mi nene le paga su madrina una obra social y no sabia como proceder ). Ahora soy monotributista y no se que o como hacer: presento el formulario 1.47? Es otro el tramite? El formulario me lo pueden completar en una obra social? Por favor agradecere mucho tu ayuda Graciela, mi esposo esta desempleado.Mi hijo va a sala de 4.
VEronica Es otro el tramite para los monotributistas
http://www.econoblog.com.ar/40550/anses-asignaciones-familiares-para-monotributo/
Comentario:hola como esta yo hace un mes no cobro la asignacion como tendria que hacer pasa que mi marido era monotributista afecta en algo lo tendria qe dar de baja eh ir hacer el reclamo a anses
Brisa Monotributistas ahora (desde mayo 2016) cobran Asignaciones, pero hay que hacer el tramite y desde cuando es monotributista?
http://www.econoblog.com.ar/40550/anses-asignaciones-familiares-para-monotributo/
hola yo empece a cobrar SUAF en junio y quiero saber si tengo que presentar libreta para cobrar el retroactivo de mis hijos del año pasado o no
Yanina aunque deberían hacerlo, se por comentario que no lo pagan, pero si queres preséntala y reclamalo
Hola Graciela. La consulta es: la asignación por hijo discapacitado se cobra a partir del primer haber jubilatorio ó a partir de la acreditación de vínculos familiares?
Gracias por tu atención.
Clementina cuando tramitas la jubilación presentas toda la documentación del grupo familiar y acreditas vinculos, por lo que deberían pagarlo con el primer haber, si no se hizo hay que hacerlo
Hola Graciela.
Gracias por tu atención. En realidad el trámite lo hizo una profesional y, el único vínculo que acreditaron fué el de cónyuge, ya que mi esposo es monotributista. Mi hija tiene CUD desde hace trece años. La actualización de vínculos, el SUAF creo que es, lo hicimos con mi esposo en la delegación de ANSES en el mes de junio pasado. Yo comencé a percibir mi jubilación a partir de octubre pasado.
Me reconocieron solamente desde junio. ¿Tengo derecho a reclamar desde octubre?.
Gracias por tu amabilidad.
Clementina Considero que si
Nuevamente gracias!
Se tramita por la página del ANSES ó hay que comenzar el reclamo personalmente en la delegación?
Clementina si no esta la pregunta completa no la entiendo
Disculpame por favor. La pregunta es: el reclamo se debe inciar por la página del ANSES ó hay que dirigirse a la delegación personalmente?
Clementina Sino haces la pregunta completa no la comprendo
hasta el mes pasado cobré 2200 por suaf y este mes vino 1400,quisiera saber por que,si debo presentar algún papel,gracias
laura Asignaciones por SUAF se paga según tope salarial, agosto tenes que mirar recibos de sueldo del mes de junio, quizás el empleador no declaro correctamente sueldo y aguinaldo
fijate si podes ver algo
http://www.econoblog.com.ar/43912/crear-clave-de-la-seguridad-social-de-anses/
http://www.econoblog.com.ar/34510/anses-consultar-liquidacion-de-asignaciones-familiares-suaf/