Como ya habíamos adelantados la Unión Obrera Metalúrgica de la Republica Argentina, consiguió un pago extraordinario no remunerativo de $ 450.- que deben ser pagado juntos con la segunda quincena de diciembre de 2007 $ 300.- y con la segunda quincena de enero de 2007 $ 150.- pagos en rubro separado con la demoninación «Pago excepcional Acuerdo de fecha 26/12/2007 1º ó 2º cuota» no remunerativos, solo llevaran el descuento a la obra social de la UOMRA.
Esto quiere decir si alguna persona opto por el cambio de su obra social, pero su trabajo se rige por el convenio metalúrgico 260/75 deben cobrar los importes totalmente sin descuento alguno.
Este acuerdo ya fue homologado y firmado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 12/08 el día 4 de enero de 2008.
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Soy emanuel, graciela pero un ejemplo a mi me hechan, yo puedo iniciarle juicio a la empresa???
Desde ya muchas gracias.
Hola Gustavo:
te las paso como preguntaste en este articulo supongo que son las de UOM, son las que corresponden por aumento de personal o sea que deducciones:
CONTRIBUCIONES PATRONALES
Jubilación 10,17% $ 140,35
INSSJP 1,50% $ 20,70
F.N.EMPLEO 0,89% $ 12,28
Sal.Familiares 4% $ 61,27
Obra social 6% $ 82,80
Seguro de Vida UOM $ 13,87
ART $ 50,00
aprox. Depeden acuerdo $ 381,27
gracias
Hola emanuelle:
Desde ya podes pedir que se te paguen los aportes por eso te dije que depende de lo que decidas. Si te corresponde los mismos aumentos que al resto de los trabajadores, de lo contarrio tambien es discriminación
gracias
Hola, Graciela , me podras detallar cuales son los porcentajes para las contribuciones patronales.
Gracias
Gustavo
Soy emanuel, pero en caso de que me hechen yo puede hacerle un juicio a la empresa por no blanquearme??
Y yo estoy ganando 1922 con el aumento del 6.7% me corresponde eso???
Desde ya muchas gracias.