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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Yo tenía que cobrar hoy pero fui al banco con la tarjeta y no tenia saldo, en marzo no lo entre al formulario de escolaridad y cuando lo iba a entregar en abril me di cuenta qe habían cambiado todo qe se entregaban en agosto y diciembre, puede ser por eso que no allá cobrado?

  2. Hola, yo presente el formulario PS 2.68 en marzo, y aun no me pagaron el 20% retenido.. Actualmente cobre el mes de Junio liquidado en Julio, soy universitario.. Cuando me corresponde el pago del 20% retenido?
    Muchas geacias!

      1. Hola, cual es la fecha limite para presentarlo en agosto? tengo vacaciones hasta mediados de agosto y en la faculta me retienen el formulario 10 hábiles :( Cuando cobrariamos ese 20 % retenido?

  3. Hola yo me anote en abril y empeze a cobrar en mayo. Cuando tengo que volver a presentar los papeles para cobrar el 20% retenido?

  4. una consulta , presente el formulario 2.68 en abril tengo que volver a presentar en agosto? y en que meses exactamente se cobra las retenciones.

    1. Araceli

      si se presenta en agosto y diciembre y se cobra a los 60 días de haber presentado el formulario

      1. hola yo presente el formulario de escolaridad a fines de junio..cuando cobraría el 20 % retenido?

Los comentarios están cerrados.

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