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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Hola una pregunta cuándo cobre el mes pasa me salio en un banco y a hora consultó por Internet y me sale otro nombre del bamboleo que nada que ver …..
    que a

  2. hola yo cobro el progresar hace dos años con este y nunca cobre el restro activo por que no saqbia que lo tenia que cobrar como puedo hacer para cobrarlo que papel tengo que pasar ?

    1. lo

      siempre el pago de lo retenido es cumplir con la presentación anual del Certificado escolar, antes 3 veces por año ahora 2 veces (agosto y diciembre) libreta de haber cumplido con los controles medicos SUMAR

  3. Hola, empeze a cobrar este año. En junio del 2015, como soy nuevo no sabia cuando se presentaba el formulario, hasta cuando lo puedo presentar ¿O ya no puedo? Voy a cobrar la retención? Y a que mes o tiempo, muchas gracias!

    1. Adrian

      No tiene nada que ver que seas nuevo que hay que presentar en agosto y diciembre es de publico conocimiento, si no lo presentastes hacelo rápido ya que de lo contrario van a dejar de pagarte el mes

  4. Hola queria saber cuánto es lo qe se cobra ahora en septiembre porqe me habian dicho que se pagaba lo retenido… Gracias..

    1. Dahyana

      Tengo entendido que lo retenido se cobra una vez por año en marzo y el certificado se entrega Agosto y diciembre

Los comentarios están cerrados.

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