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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Hola! Quisiera saber sí me corresponde cobrar el mes en el q cumplo los 25 años (ya que los cumplí el 27 de octubre). Otra pregunta, en este mes sólo me pagaron el 20% q corresponde hasta julio, lo demás me lo pagan cuando acredite la escolaridad en diciembre?? Gracias!

  2. Yo hice el tramite en junio y comence a cobrar en agosto. Tengo que presentar los papeles es diciembre? Y si es así, como hago porque seguro para que me llenen los papeles tengo que estar ya inscripto en el colegio y recién puedo inscribirme en enero o febrero

  3. Hola, fui al médico y completé el form. de salud, lo llevé al Udai Munro, y me dijeron q tenía q estar inscripta en el Plan Sumar. Volví al médico, y éste no me anotó en el Plan Sumar porque es para embarazadas. Por favor, me pueden aclarar que debo hacer, y hasta cúando tengo tiempo de presentar el form. Salud., qué nro de form. es? no está claro y nadie sabe del tema. Gracias

  4. Hola una pregunta, yo cobre este mes 1440. Eso sería mi retroactivo? Cobro el progresar desde mayo. Lo q cobre este mes es sólo el retroactivo o también el progresar de este mes? Xq me aparecieron dos fechas este mes pero sólo cobre una vez y fue ese monto..

      1. Los estudiantes universitarios los cuales no deben cargar los papeles de escolaridad ya que es automático, cuando cobran lo retenido?

      2. Nicolás, dentro de los 60 y 90 días contados a partir de que la universidad cumplió con el requisito. Es recomendable solicitar la constancia de presentación.

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