Cursos de idiomas de Progresar

ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

      1. hola que tal graciela yo en Agosto no cobre y tube q presentar el formulario , donde en octubre recien cobre 650 pesosy depsus 1500 qeria saber si en diciembre cobrare el retroactivo

      2. Magali si ANSES deja de pagarte por falta de documentación no paga retroactivos comienza nuevamente a pagar, sin retroactivo y sin retenido año anterior y es mas,la libreta la tenes que volver a presentar al año próximo y vas a cobrar lo retenido desde octubre y hasta diciembre de 2015, no lo anterior

  1. ingrese a la pagina del ministerio de salud, y me dieron una «constancia de inscripcion» del programa SUMAR. Que hago con eso?

  2. Hola, disculpen si no entendí bien las respuestas anteriores, yo voy a la universidad, entiendo que acreditan automaticamente, igualmente, entré a la página de anses y adjunte el formulario (hoy) que me llenó la universidad y volvi a completar ese formulario on line desde la pagina, me decía que «ya estaba acreditada para el periodo y establecimiento». Bueno mi pregunta es con relación al cobro de la parte retenida, si eso es necesario o suficiente para cobrarlo

    1. Maira, Ademas la universidad debe informar a ANSES si rendistes las materias y asistencias exigidas por le establecimiento. Ademas de estar inscripta en el programa SUMAR

  3. Hola yo estoy estudiando en un terciario. No presente formulario en agosto tampoco ahora en diciembre.. Estoy a tiempo? Si o si tengo que presentarlo? Espero una respueata gracias!!

Los comentarios están cerrados.

Salir de la versión móvil