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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. hola disculpe yo presente el formulario en julio y ayer fui a cobrar y solo cobre 700 pesos queria saber si ya no voy a cobrar la retencion

  2. Hola, yo hoy tenía que cobrar el 20% de lo retenido, el 1 de diciembre presenté el formulario de acreditación de estudio, soy estudiante universitario, y me dieron un formulario que complete( en anses) y lo completé y presente el formulario junto a un certificado de alumno regular, pero no me pagaron el 20% solo me pagaron los $720 pesos . En este año no lo cobré , lo cobré el año pasado y en otro banco, no sé que sucedió o si es un problema del banco(columbia) . Pero no entiendo que pasa.

  3. «En el caso de nivel TERCIARIO o UNIVERSITARIO, el requisito de escolaridad se considera cumplido con la mera acreditación de la inscripción, siempre y cuando se cumpla, posteriormente, con las normas sobre regularidad que rigen la materia.»
    Esto dice que no es necesario que «TERCIARIO o UNIVERSITARIO», llevemos la acreditación de escolaridad. ¿Entonces?

    1. En el mismo articulo dice: «La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.»

    2. «Es importante recordar que la presentación del F. PS 2.68 es obligatoria. En caso de que la misma no se realizada, el organismo previsional procederá a dar la baja del beneficio.

      Cabe señalar que los alumnos regulares de nivel terciario o universitario no necesitan hacer este trámite. El mismo es efectuado por el establecimiento educativo de manera electrónica.»

      http://www.econoblog.com.ar/30434/anses-en-que-meses-se-presenta-la-acreditacion-de-escolaridad-progresar/

      En este link se verifica lo que publique anteriormente.

  4. Hola una pregunta. Lei el articulo y por lo que entendi la facultad acredita mi asistensia. Osea que no tengo que hacer nada? Solo lo hace la facu. Soy alumna regular. Pregunte en el anses pero me explicaron todo pesimo! agradeceria tu respuesta.

Los comentarios están cerrados.

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