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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Yo no entiendo, en anses me informan cosas distintas, soy estudiante universitaria y al final no entiendo si hay que presentar el certificado de estudio, porque en la pagina y por internet se contradicen. Mi universidad cerro hasta el año que viene, como hago yo para presentar algo antes se me dijo que no debía?? si me cortan el pago ante quien me quejo?? tengo certificado que emite la universidad de alumna regular, puedo presentar eso??

  2. Hola yo fuy varias veces a anses y no estan dando turno para presentar el papel de escolaridad. Y tampoco dan turno x internet, llamo al 130 y las lineas estan saturadas no se como puedo hacer para entregarlo y si insistis ye tratan mal yo ya entregue dos veces el formulario y nunca cobro el retroactivo

  3. Hola yo soy alumna de la UNC y tampoco cobro lo retenido fui a presentar a anses devuelta el formulario y no me los quisieron recibir me dijieron que no hace falta para terciarios o universitarios solo primarios, secundarios, y cursos debian presentarlo.
    La verdad que no entiendo por que si supuestamente nos carga el sistema yo ya cobre el mes de diciembre y no me vino lo retenido?

  4. hola buenas noches , me conecto con ustedes por que queria saber algo : mi marido cobra progresar y tubop un inconveniente y no le pagaban , hizo el reclamo y le debian desde el mes 5 de 2010 asta el mes 10 de 2015 , el mismo dia que hizo el reclamo presento el formulario para cobrar la retencion en diciembre y le dijeron que lE HIBAN A PAGAR TODO JUNTO EN DICIEMBRE PERO LE PAGARO 2700 ESTA BN ESO? es lo que le corresponde?? o le van a pagar por partes?

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