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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

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882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. hola una consulta se me complico para presentar los papeles de diciembre, si los presento en febrero que es cuando puedo hacerlos firman en la facultad puedo cobrar lo retenido?

  2. hola.. soy alumna universitaria, comence a cobrar el progresar en noviembre del 2015. Por lo q lei nuestras presentacion del papel de escolaridad es de manera automatica, eso quiere decir q yo no debo presentar ningun papel en el ANSES?

  3. Hola, me meto con mi clave de seguridad social y me dice que cobro el 8 de enero, en cantidad de inscripsiones se puso la de este mes. Quiere decir que ya me han depositado lo RETENIDO ? o lo cobro en Enero ?. Espero una respuesta gracias YA LEÍ EL ARTICULO

    1. Ezequiel No entiendo mucho tu consulta, pero si dice que cobras el 08 de enero cobras esa fecha no antes

  4. Hola yo presente el formulario para cobrar el retenido de progresar, cuando lo puedo cobrar? que fecha más o menos?

Los comentarios están cerrados.

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