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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Buenas tardes, mi situación es esta: yo hice los papeles por Internet hace dos años, pero nunca me contestaron si había sido aceptada mi solicitud y nunca lo cobre, en diciembre hice el reclamo y me dijeron que tenia dinero a mi nombre desde febrero de 2014. Mi consulta es la siguiente, tengo que presentar certificado de escolaridad? me pagan lo correspondiente a los dos años atrasados?

  2. Tengo que inscribirme al plan sumar para cobrar las retenciones de progresar si poseo obra social? Por favor necesito una respuesta. Gracias

  3. hola yo queria saber si cuando cobramos el retroactivo tambien tenemos que cobrar los $720 mensuales?

  4. si cobro el retroactivo tambien tengo que cobrar la mensualidad es decir los 720 del mes correspondiente?

  5. Hola, en diciembre entregue el formulario que tenia que entregar, resulta que ayer fui a cobrar y solo cobre 720, por que no cobre lo retenido ?

    1. Es verdad, yo fui a cobrar y solamente tambien me dieron los $720! Cuando nos dan el resto? Yo ya hice los formularios y entrege todo!

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