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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Hola! Ojala alguien pueda aclarar mi duda..resulta q soy universitaria y me dijieron q los universitarios solo en diciembre presentaban el formulario 2.68. El 2 d dciciembre fui a anses a presentarlo y me dijieron q ya no hacia falta q lo presente xq el sistema solo m pagaria teniendo 2 materias regularizadas. Ni siquiera m pagaron el mes d diciembre y de lo retenido ni hablar. Fui a reclamar y m dijieron q lo habia presentado tard al papel cuando antes la misma gente m habia dicho q YA NO ERA NECESARIO PRESENTAR EL FORMULARIO. M vieron la cara?? Me quede sin cobrar y m deben el mes d dciciembre..gracias

  2. Yo cobre $940 este mes. No cobre las retenciones. Alguien sabe porque? Yo presente las 2 planillas

  3. Hola quisiera saber si me puede brindar información de como debo hacer para cobrar lo acumulado del año? si puedo presentar ahora el formulario como en todo el año no presente nada y, hace más de un año que cobro! soy estudiante.. gracias!!

    1. Magdali, en este artículo se explican los pasos para hacer la presentación. Si te dieron de baja de PROGRESAR por no presentar la documentación, perdés el derecho a cobrar lo retenido.

  4. Hola!!yo entregue libreta en junio..y julio mi.marido comenzo a trabajar en «blanco»
    Acaso no me corresponde cobrar lo q me retuvieron los meses que.cobraba??
    Aparte desde diciembre tengo fechas para cobrar denuevo.porque ya no esta en blanco..ok….y ..no me pagan nada…graciass!!!

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