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ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar. El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES. Los jóvenes que cursen […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social paga mes a mes un 80% de la cuota del Programa de Respaldo a Estudiantes de Argentina. El 20% retenido en PROGRESAR es pagado por el organismo previsional cuando su titular realiza la presentación del Formulario de Acreditación de Escolaridad PS 2.68, lo cual se puede realizar personalmente en cualquiera de las delegaciones de ANSES con turno previo o por Internet mediante www.anses.gov.ar.

El monto de la cuota PROGRESAR es de 900 pesos. Del mismo, el organismo previsional realiza el pago del 80% (720 pesos) de forma mensual y retiene el 20% (180 pesos) para pagarlo una vez que se efectúa la presentación de la acreditación escolar en ANSES.

Los jóvenes que cursen estudios primarios, secundarios o de oficio deben presentar el Formulario PS 2.68 dos veces por año en agosto y diciembre. La presentación para los estudiantes universitarios y terciarios se realiza de manera automática.

Para realizar la presentación es necesario seguir estos pasos:

  • Completar el formulario ingresando ACÁ.
  • Presentarlo en la entidad educativa, dónde una autoridad competente lo firmará y sellará.
  • Presentar el documento de manera online ingresando AQUÍ o en una de las oficinas de ANSES, para lo cual se requiere sacar un turno.

Una vez efectuada la presentación, el organismo procederá al pago del dinero retenido.

Cabe recalcar que si no se realiza esta presentación no solamente se pierde el 20% retenido sino que también se procederá la baja del beneficio.

882 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo se cobra el 20% retenido en PROGRESAR?”

  1. Que tal. Hoy hice el tràmite para empezar a cobrar el plan Progresar. En la pagina de Anses, me sale que està habilitado desde diciembre. Mi pregunta es; si no me pagan los meses que pasaron(diciembre,enero,febrero),como lo reclamo a ese reintegro? Seria de ayuda su respuesta, ya que en las lineas telefònicas de Anses,dan que desear. Saludos!

  2. Yo soy estudiante universitario por lo cual no debo presentar el formulario PS 2. 68. Pero aún no se me acredito lo retenido. ¿Debo hacer algo? ¿O debo continuar esperando?.

    Gracias.

  3. Hola, yo cobro el progresar desde julio del 2015, estudio en la universidad Católica de salta, es privada, pero para ciertas carreras que no se encuentran de forma publica en esta provincia, se posibilito a los alumnos a adquirir este beneficio, pero no he cobrado el retroactivo, me podrían ayudar ?

  4. Yo cobre retenciones en enero sin haber presentado el formulario. Éste mes voy a cobrar los $720 que cobro todos los meses? O sea el pago será normal?

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